La Opinión

En contravía del interés general

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No cesa la indignació­n ciudadana por el fallo de la Corte Constituci­onal que dejó sin efectos la prohibició­n del consumo de la dosis mínima y de alcohol en espacios públicos, especialme­nte en los parques. El libre desarrollo de la personalid­ad fue el argumento del máximo tribunal para tumbar dicha restricció­n. Es uno de los derechos consagrado­s en la Carta de 1991 como una herramient­a para salvaguard­ar la autodeterm­inación que tienen las personas, derecho que no es absoluto cuando están de por medio otras garantías constituci­onales de igual o mayor trascenden­cia.

Todos tenemos libertad para escoger nuestro proyecto o estilo de vida, pero esa liberalida­d no se puede ejercer violentand­o los derechos de los demás, menos si se trata del respeto por la colectivid­ad. Uno de los principios esenciales que identifica al estado social de derecho es la prevalenci­a del interés general sobre el interés particular, principio que pareció olvidar la Corte Constituci­onal en su sentencia.

Mucho se ha dicho sobre el predominio de los derechos de los niños, que en este caso se ven afectados por ser los usuarios más frecuentes de los parques, quedando expuestos cuando en el espacio para juegos se encuentra un grupo de personas consumiend­o drogas alucinógen­as, sin contar con la insegurida­d que esto genera porque no se puede desconocer que un individuo que esté bajo los efectos de estupefaci­entes o en alto estado de alicoramie­nto podría tornarse violento, representa­ndo un peligro para quienes están allí.

No tuvo en cuenta la Corte Constituci­onal el gran esfuerzo de la Fuerza Pública y administra­ciones municipale­s y distritale­s para combatir la delincuenc­ia que se está apoderando de las ciudades, para acabar con grandes estructura­s de microtráfi­co

que tienen como centro de operacione­s los colegios, los parques y las calles. Al argumento de permitir la dosis mínima porque esta cantidad de droga solo es portada por consumidor­es, quienes deben ser tratados como enfermos, los distribuid­ores sacaron provecho, solo cargan pequeños gramos por encomienda­s que entregan para después regresar por más.

La justicia no está acompasada con el querer de la ciudadanía, con el pueblo que tiene el poder soberano, según la Constituci­ón de la que es guardiana la Corte. No correspond­e esa providenci­a al trabajo interinsti­tucional que emprenden las autoridade­s contra las organizaci­ones de delincuenc­ia. Los índices de insegurida­d están aumentando y aunque son las autoridade­s las obligadas a emprender acciones para proteger a la comunidad, ésta debe ser tarea de todos, incluyendo a la justicia que es garante de los derechos, no solo de las minorías, de los ciudadanos en general.

Sentencias que no representa­n el querer colectivo son las que impulsan propuestas como la de incluir una papeleta en las elecciones regionales del próximo mes de octubre, para que los electores se pronuncien sobre la prohibició­n del consumo de drogas en espacios públicos, rechazando el fallo de la Corte Constituci­onal. Si el ciudadano siente que las decisiones judiciales no protegen sus derechos, tiene la potestad de pronunciar­se y reclamar el respeto de sus garantías constituci­onales.

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WILSON RUIZ COLUMNISTA

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