Una tragedia clandestina
Muy movida estuvo la semana pasada cuando desde una conocida emisora nacional se comunicó a los colombianos que en la Corte Constitucional el magistrado uniandino Alejandro Linares Cantillo radicaría una ponencia relativa al aborto, que indudablemente ha levantado ampolla en un sector considerable de la población.
Lo primero que hay que aclarar es que el magistrado Linares no pide despenalizar el aborto, lo que suena a libertad total, sino despenalizarlo en los primeros cuatro meses de gestación, que no es lo mismo, y después de los cuatro meses únicamente en los tres casos que en 2006 el magistrado Jaime Araujo Rentería planteó y se aprobó en el mismo tribunal constitucional: Cuando exista malformación del feto, cuando el embarazo sea producto de una violación y cuando la salud de la mujer se encuentre en peligro. Hay otras razones fortísimas que no están en la doctrina ni la jurisprudencia pertinentes porque no es el lugar adecuado para exponerlas, pero sí se abordan en la academia, los corrillos y el común de las gentes las sabe.
No sé ahora, pero recuerdo que cuando estudiaba Derecho nos enseñaban que el Código de Napoleón, aprobado en 1804, para otorgar personalidad exigía que el ser humano naciera vivo y “viable”, y don Andrés Bello suprimió este último requisito porque confundió los signos característicos de humanidad. La viabilidad indica aptitud para la vida humana, para ser útil. Sin ese requisito llevó Bello el Código Civil a Chile, así lo adoptó el Estado de Santander y luego el presidente Manuel Murillo Toro lo impuso nacionalmente en 1873. Ahí vamos.
Para combatir el avance moderado en el tema del aborto aún se escuchan razones decimonónicas, político-religiosas, en plena época de la Regeneración -de Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, siendo que ellos fallecieron en 1894 y 1909, respectivamente, y aún los añoran-; o razones estrictamente religiosas, siendo que el Estado ya no es confesional. En su Enciclopedia de la política nos dice el expresidente ecuatoriano Rodrigo Borja Cevallos que “el confesionalismo es la tendencia a someter la política al credo religioso, y su antónimo es el laicismo”. Precisamente eso es el Estado colombiano desde 1991, un Estado laico, y sucede que al cambiar una norma o una institución jurídica automáticamente no cambia la mentalidad del conglomerado, lo que significa que, aunque van 29 años de la expedición de la Carta de 1991, aún estamos en época de transición. Un buen artículo, con el mismo título que yo he registrado hoy, lo publicó la revista Alternativa en 1979, cuya antología acaba de salir al mercado y ahí lo pueden leer. Hay que avanzar: sin prisa, pero sin pausa.