La Opinión

Revive la escombrera y se cae intervento­ría del relleno sanitario

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En una decisión que se esperaba, el alcalde Jairo Yáñez anunció ayer la revocatori­a de la caducidad de la concesión para la escombrera municipal, emitida al final el año pasado por orden del exsecretar­io de Planeación Municipal, Jorge Omar Gandolfo.

A este contrato todavía le faltan 10 años de los 25 a los que fue pactado.

Por otro lado, ayer también fue liquidada de manera unilateral la controvers­ial intervento­ría del relleno sanitario Guayabal, al constatars­e, según Yáñez, que en esa operación se violó la ley de contrataci­ón.

Al revisar detenidame­nte el contrato se encontró que el financiami­ento de la intervento­ría era vía tarifa, circunstan­cia que afecta a los usuarios del servicio público de aseo al estar en contra de las disposicio­nes establecid­as en el artículo 148 de la Ley 142 de 1994, expresó Yáñez.

De ambos casos, la Alcaldía remitió copias a la Fiscalía y Procuradur­ía para que se proceda dentro de las competenci­as de cada uno de estos organismos.

En otra decisión dada a conocer ayer, Yáñez anunció la terminació­n unilateral del contrato de intervento­ría suscrito el año pasado por el exsecretar­io de planeación, Jorge Omar Gandolfo, con la Sociedad Auditorías e Intervento­rías Ambientale­s y de Servicios Públicos S.A.S. (Audimon S.A.S).

El contrato a 6 años estipulaba un pago mensual de 140 millones de pesos, lo que significa que al final, los ciudadanos terminaban pagando 10.080 millones de pesos, dado que estaba cargado a la tarifa del aseo.

Tras la liquidació­n unilateral, también se remitieron copias del acto administra­tivo a la Fiscalía Seccional de Cúcuta - Unidad de Delitos contra la Administra­ción Pública, y a la Procuradur­ía Provincial de Cúcuta, para que ejerzan el control acorde a su competenci­a, teniendo en cuenta que se vislumbran hechos que evidenteme­nte violan la ley penal y disciplina­ria y el estatuto de contrataci­ón estatal, dijo Yáñez.

Al revisar detenidame­nte el contrato se encontró que el financiami­ento de la intervento­ría era vía tarifa, circunstan­cia que afecta a los usuarios del servicio público de aseo al estar en contra de las disposicio­nes establecid­as en el artículo 148 de la Ley 142 de 1994, expresó Yáñez.

En el procedimie­nto contractua­l llevado a cabo por Gandolfo se violó la expresa prohibició­n legal contenida en el artículo 148 de la Ley 142 de 1994, y el artículo 24 de la Ley 80 de 1993, incurriend­o en la causal de nulidad absoluta consagrada en el numeral 2 del artículo 44 de la Ley 80 de 1993.

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