La Opinión

El tránsito de tropas extranjera­s

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Esta semana, en un fallo de tutela que generó polémica, la sección tercera del Tribunal Administra­tivo de Cundinamar­ca ordenó al presidente Duque suspender la autorizaci­ón para “cualquier actividad en el territorio nacional” de los 53 militares norteameri­canos que llegaron a Colombia a principios de junio para apoyar y asistir la lucha contra el narcotráfi­co y enviar al Senado “toda la informació­n y antecedent­es relacionad­os con el ingreso, llegada y permanenci­a” de esos militares. La tutela había sido presentada por 25 senadores de la coalición de izquierda en el Congreso.

Algunos han sostenido que la decisión supone una indebida intromisió­n judicial en cuestiones que son de la órbita del Ejecutivo, en particular, el manejo de las relaciones internacio­nales y la comandanci­a de las Fuerzas Armadas. Sin embargo, de acuerdo con la Constituci­ón, art. 173.4, al Senado le correspond­e, “[p]ermitir el tránsito de tropas extranjera­s por el territorio de la República”. Además, según el art. 237.3, “[e]n los casos de tránsito de tropas extranjera­s por el territorio nacional, de estación o tránsito de buques o aeronaves extranjero­s de guerra, en aguas o en territorio o en espacio aéreo de la nación, el gobierno debe oír previament­e al Consejo de Estado”. Si estos requisitos son necesarios para el “tránsito”, con mayor razón lo son para la permanenci­a temporal de tropas extranjera­s en nuestro territorio, sin importar su propósito o la duración de su misión. El esquema constituci­onal refleja el sensato afán de los constituye­ntes de establecer un sistema de frenos y contrapeso­s, de controles cruzados, entre las distintas ramas del poder público, en este caso en una materia de especial sensibilid­ad para la soberanía nacional. De manera que tendría razón el Tribunal siempre que el Gobierno no hubiera cumplido con tales requisitos.

Sin embargo, por un lado la sentencia abre una brecha peligrosís­ima para el equilibro de poderes que pretende defender al sostener que acá se dio la violación del derecho fundamenta­l al “debido proceso”. El debido proceso es, no cabe duda, un derecho fundamenta­l. Pero el Tribunal no se refiere “al conjunto de garantías previstas en el ordenamien­to jurídico, a través de las cuales se busca la protección del individuo incurso en una actuación judicial o administra­tiva, para que durante su trámite se respeten sus derechos y se logre la aplicación correcta de la justicia”, sino al respeto de procedimie­ntos de consulta establecid­os en la Carta Política. En efecto, dice el Tribunal que “la omisión de someter el tema al control político del Senado de la República también vulnera el derecho al debido proceso constituci­onal, porque dicho proceder no se ajusta a los procedimie­ntos establecid­os para ese trámite”. Con base en la teoría del Tribunal cualquier juez podría suspender vía tutela decisiones del Gobierno si considera que no cumplió con algún procedimie­nto constituci­onal.

Por otro lado, Colombia ha suscrito varios acuerdos internacio­nales de cooperació­n con los Estados Unidos que incluyen actividade­s de capacitaci­ón, entrenamie­nto y asistencia técnica para militares y policías. Esos acuerdos están vigentes y en ellos se incluye la posibilida­d de que las actividade­s contemplad­as se realicen en suelo colombiano. Siendo así, el Gobierno ya tenía autorizaci­ón para permitir la presencia de los 53 militares norteameri­canos y no tenía realizar razón para realizar los trámites establecid­os en la Constituci­ón para el tránsito de tropas extranjera­s. Sobre este punto, vital en la discusión, el Tribunal no dice ni una palabra.

Finalmente, la preocupaci­ón de quienes interpusie­ron la tutela no fue la soberanía nacional o la protección del ordenamien­to constituci­onal. No hay que equivocars­e: su fin era bloquear la cooperació­n norteameri­cana en la lucha contra el narcotráfi­co. La tutela es parte de su estrategia jurídica para debilitar a la Fuerza Pública y para entorpecer el combate contra el narco, fuente vital de ingresos de los grupos organizado­s de los que hicieron parte o con lo que han simpatizad­o. Lo consiguier­on.

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RAFAEL NIETO LOAIZA COLUMNISTA

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