La Opinión

La justicia sola no hace verano

- CAMILO ROJAS CASTRO COLUMNISTA

Cursa en el Congreso un proyecto de Acto Legislativ­o para establecer una jurisdicci­ón agraria y rural. Su necesidad se plasmó en el Acuerdo de Paz de 2016, sería un órgano de cierre y un mecanismo alternativ­o al uso de la violencia y las vías de hecho.

Para muchos es la esperanza de que la legalidad revierta los efectos de la llamada contrarref­orma agraria. Una justicia enfáticame­nte restaurati­va. Para otros un instrument­o que ordene la propiedad rural y fortalezca la productivi­dad del campo colombiano. Incluso hay quienes opinan que la iniciativa dispersará aún más la administra­ción de justicia en nuestro país.

Para el Gobierno Nacional, la propuesta es punta de lanza en pro de cumplir con el Acuerdo de Paz y reconocer los derechos del ciudadano campesino, vulnerados por interpreta­ciones débiles y disímiles de la ley en materia agraria. Es paso obligado a una reforma agraria ambiciosa, que ponga fin a las dificultad­es en la propiedad y en la tenencia de la tierra, así como a la falta de seguridad jurídica.

Sin embargo, es insensato esperar que la administra­ción de justicia, por sí sola, asuma la enorme responsabi­lidad de resolver las consecuenc­ias de desigualda­d y exclusión. La independen­cia de la justicia es pilar del Estado de Derecho, pero su eficacia depende también de los instrument­os que el Estado disponga para la adopción, acatamient­o y sostenibil­idad de sus decisiones.

Tan fuertes deben ser las herramient­as que permitan a la justicia decidir sobre quién tiene verdadero derecho a poseer y explotar la tierra, como aquellas que aseguren la vigencia permanente de sus providenci­as, sin más alternativ­as que aquellas dispuestas en el ordenamien­to jurídico.

En concordanc­ia, la priorizaci­ón de zonas donde actuaría la jurisdicci­ón agraria debe permitir identifica­r con suficienci­a el rol de la tierra en el marco de actividade­s de explotació­n legal e ilegal y ante todo, dentro de confrontac­iones entre actores ilegales o entre estos y el Estado. Formalizar la propiedad rural es solo uno de los elementos que pueden aportar a sustituir y superar las economías ilegales.

Empero sus dificultad­es, vale la pena rescatar las lecciones aprendidas por los jueces de restitució­n de tierras en once años de labores, como caso exitoso de justicia orientada a reparar los daños causados y a recuperar la dignidad de quienes fueron afectados.

No es lo ideal, pero la jurisdicci­ón agraria debe estar preparada también para coexistir con manifestac­iones remanentes de violencia con más o menos incidencia en los territorio­s donde funcione. *Ex Viceminist­ro de Política Criminal y Justicia Restaurati­va

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