Sanción de 8 años a exlíderes de las Farc
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), reconoció que sí aportaron a la verdad
Los siete exintegrantes del antiguo Secretariado de las Farc podrían enfrentar una sanción de ocho años por sus crímenes, de acuerdo con la resolución de conclusiones emitida por la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), reconociendo que sí aportaron a la verdad y aceptaron su responsabilidad en los crímenes que les fueron imputados.
La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), emitió la resolución de conclusiones en contra del exsecretariado de las Farc y reconoció que sí aportaron a la verdad y aceptaron su responsabilidad en los crímenes que les fueron imputados en el caso 01.
A esta conclusión llegó la Sala tras considerar que los exmiembros del exsecretariado aceptaron su responsabilidad en los crímenes de guerra de toma de rehenes, crimen de lesa humanidad de graves privaciones de la libertad, y otros crímenes internacionales cometidos de manera concurrente.
Esto significa que Rodrigo Londoño, conocido como ‘Timochenko’, Julián Gallo, Pablo Catatumbo, Jaime Parra, Milton de Jesús Toncel y Pastor Alape, podrían enfrentar una sanción de ocho años por sus crímenes.
Por su parte Rodrigo Granda, sobre quien la Sala de Reconocimiento de la JEP consideró que no tuvo unidades bajo su mando, la sanción podría ser de cinco años.
¿Cuál podría ser la sanción?
El siguiente paso en este proceso es la imposición de las sanciones propias por parte del Tribunal para la Paz. Este deberá evaluar cuáles serán las sanciones que impondrá a los siete exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc y definir tanto su contenido reparador y restaurador como su contenido de restricción no carcelaria de libertades y derechos.
En este sentido la Sala de Reconocimiento aprobó los proyectos restaurativos-reparadores presentados por los comparecientes: trabajos de desminado humanitario, búsqueda de personas dadas por desaparecidas, restauración ambiental del páramo de Sumapaz, y actividades transversales de dignificación de la memoria de las víctimas. ¿De qué se tratan estos proyectos?
Acción Integral Contra Minas
La Sala determinó que este proyecto cumple con los requisitos de sanción propia debido a que, como lo establece la Ley Estatutaria, implica una “limpieza y erradicación de restos explosivos de guerra”. La Sala ya había recibido cinco propuestas en las que las víctimas consideraron el desminado como una actividad que podría plantearse como sanción a los comparecientes.
Búsqueda de personas dadas por desaparecidas
La Sala recibió 21 propuestas formuladas por las víctimas que solicitan acciones encaminadas a la búsqueda de secuestrados que están desaparecidos. La Sala consideró que este proyecto cumple con el propósito reparador y restaurador, y puede ser considerado por el Tribunal para la Paz como una sanción.
En este proyecto, los comparecientes plantean acciones permanentes encaminadas a la búsqueda de personas desaparecidas, con actividades como la reconstrucción de zonas campamentarias que permitan identificar polígonos de búsqueda, así como acciones de carácter simbólico, que lo diferencian del aporte que deben hacer ante la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).
Los exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc-ep proponen hacer una cartografía nacional y regional sobre sitios de posible enterramiento, que consiste en recorrer con excombatientes las zonas de los antiguos bloques.
“limpieza y erradicación de restos explosivos de guerra”, sería una de las sanciones que se le impongan al exseecretariado de las Farc