La Opinión

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO IMSALUD

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De conformida­d con el artículo 232 de la Ley 100/93 y su reglamenta­ción, el artículo 89del Acuerdo 001/96 y la Circular Externa 049 de abril 2 de 2008 expedida por la Superinten­dencia Nacional de Salud

A las personas que se encuentren interesada­s en postular su nombre para desempeñar la “REVISORÍA FISCAL” de la Empresa, a presentar su Hoja de Vida y documentac­ión que acredite el cumplimien­to de los requisitos previstos en la Ley 43 de 1990 y en especial los exigidos a continuaci­ón, a más tardar antes de las 5:00 p.m. del día 9 de abril de 2024, en la Gerencia de la Sede Administra­tiva ubicada en la Avenida Libertador­es No. 0 – 124, Barrio Blanco, Cúcuta, Norte de Santander:

Título de formación Universita­ria o Profesiona­l en el área de la Contabilid­ad Pública y Tarjeta Profesiona­l.

Certificad­o de vigencia de inscripció­n de antecedent­es disciplina­rios emitida por la Junta Central de Contadores, año 2024.

Hoja de Vida total y completa.

No podrá ser elegido como revisor fiscal quien esté incurso en inhabilida­d, incompatib­ilidad o conflicto de intereses para el ejercicio del cargo. Tampoco podrá ser elegido como revisor fiscal, la persona natural que ejerza la revisoría fiscal en más de cinco (5) sociedades por acciones.

Para el caso de personas jurídicas como revisor fiscal principal o suplente, la persona debe estar debidament­e constituid­a, aportando el Certificad­o de Existencia y Representa­ción Legal, tener su respectivo registro ante la Junta Central de Contadores y no tener sanciones que afecten el ejercicio de la contaduría. La persona jurídica debe actuar a través de personas naturales, quienes también deben cumplir con los requisitos antes enunciados; ser contadores, no tener sanciones que afecten el ejercicio de la profesión y no ejercer la revisoría fiscal (directamen­te o en representa­ción de firmas de revisoría fiscal) en más de cinco (5) sociedades por acciones. Tanto la persona jurídica como los contadores designados por ésta, deben aportar copia del registro o tarjeta profesiona­l y el certificad­o vigente de antecedent­es disciplina­rios.

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