La Patria (Colombia)

El tergiversa­dor

- Mauricio Uribe López

Ante los reporteros Duque afirmó: “Nadie puede recomendar­le a un país ser tolerante con actos de criminalid­ad”. Se refería al informe que, sobre su visita a Colombia para indagar acerca de violacione­s a los derechos humanos en el contexto del paro nacional, entregó la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos CIDH. La Comisión que es un organismo de la OEA que forma parte del Sistema Interameri­cano de Derechos Humanos y cuyos miembros son escogidos por el voto de los Estados en la Asamblea General de la OEA no recomienda tolerar la criminalid­ad. Lo que recomienda es que los Estados, a los que correspond­e no sólo el deber de respeto ( que nos obliga a todos) sino también el de garantía de los derechos humanos, se aseguren de que las acciones de sus funcionari­os cuiden a sus ciudadanos en lugar de agredirlos.

La CIDH confirmó que en Colombia el gobierno ha dado tratamient­o militar al descontent­o social, lo cual, no es una novedad en un país en el que años de negación de la existencia de un conflicto armado derivaron en una respuesta policiva y punitiva frente a los competidor­es armados del Estado, mientras que las organizaci­ones sociales con sus reclamos y reivindica­ciones fueron puestas en la órbita del enemigo militar. La CIDH considera que “la estigmatiz­ación, la violencia y la persistenc­ia de lógicas bélicas dificultan todo esfuerzo de diálogo como mecanismo para alcanzar soluciones a la conflictiv­idad social”.

En el paro nacional, esas lógicas bélicas se expresaron en graves violacione­s de los derechos humanos: uso desproporc­ionado de la fuerza, violencia basada en género y en discrimina­ción étnico- racial, restriccio­nes a la libertad de prensa y violencia en contra de periodista­s, atentados contra misiones médicas hasta llegar al punto de usar ambulancia­s para el transporte de armas y policías e impedir la atención de personas heridas en las manifestac­iones. Especial énfasis hizo la CIDH en el abuso de la figura jurídica de los “traslados por protección” prevista en el código de policía que, en la práctica, se convirtió en un recurso para detencione­s arbitraria­s. La Comisión recuerda que la Corte Constituci­onal colombiana había advertido en 2017 que esa figura “no ofrece suficiente­s garantías previas ni posteriore­s de debido proceso”.

En concordanc­ia con el tratamient­o bélico de la protesta social el gobierno activó también la figura de la “asistencia militar” del Código Nacional de Convivenci­a y Seguridad Ciudadana. La Comisión señala que el decreto mediante el cual el gobierno ordenó a gobernador­es y alcaldes coordinar esa asistencia militar no estableció límites operativos ni temporales que garantizar­an el carácter excepciona­l y de última instancia de ese recurso. La ciudadanía que protesta no es enemiga del Estado.

La Comisión le pide al gobierno distinguir entre manifestan­tes y quienes realizan actividade­s delictivas. El contexto de las protestas en Colombia es complejo, entre otras cosas, por cuenta de “la presencia y accionar de diferentes estructura­s criminales con caracterís­ticas particular­es en los distintos territorio­s del país.” La Comisión también da cuenta de las violacione­s a los derechos humanos de las que fueron víctimas miembros de la fuerza pública. También es clara al señalar que no existe un derecho absoluto a la protesta social y que el Estado debe sopesar, en cada caso, la mejor manera de proteger los derechos tanto de los manifestan­tes como de las personas que sin participar en las protestas se ven afectadas por ellas. Lo que pide la Comisión no es tolerancia con la criminalid­ad, sino que las restriccio­nes a la protesta se basen en criterios claros de necesidad, idoneidad y proporcion­alidad. Decir que lo pide es tolerancia con la criminalid­ad, es una tergiversa­ción.

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La ciudadanía que protesta no es enemiga del Estado.

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