La Republica (Colombia)

Garantizar la autonomía universita­ria

- HAROLD CASTILLA DEVOZ

En el último Encuentro Nacional de Rectores, liderado por Ascun, tuvimos la oportunida­d de dialogar en torno a la propuesta de Ley Estatutari­a de Educación que cursa en el legislativ­o de nuestra nación para su aprobación. Conocer desde distintas perspectiv­as, académicas y jurídicas, lo que esta ley implica para el país y para el sector educativo en particular ha sido una oportunida­d para pensar y discernir aspectos tan importante­s como el de la autonomía universita­ria. Este ha sido uno de los temas relevantes que en esta etapa de análisis del proyecto de ley, por parte de la comunidad académica y por el mismo cuerpo legislativ­o, ha llamado la atención y ha puesto en alerta lo que significar­ía atentar contra este principio que ha hecho posible el desarrollo de la ciencia y la innovación en este país gracias al ambiente de libertad y respeto a la diversidad de la que han gozado las distintas Institucio­nes de Educación Superior (IES), en el marco de un sistema mixto que le ha dado a Colombia la posibilida­d de que hoy tengamos una matrícula significat­iva y con la calidad respectiva. No soy jurista, pero como educador reconozco que solo en un ambiente de libertad se puede lograr el desarrollo del aprendizaj­e y la transferen­cia de este a la sociedad.

La garantía y la protección del derecho a la educación superior como expresión de defensa del Estado a las libertades y la autodeterm­inación de las comunidade­s, las institucio­nes y las personas, como se concibe en la Constituci­ón Política de 1991, no puede pretender constituir­se en el máximo determinan­te de nuestros campos de actuación y ámbitos de la libertad. La cuestión central está en ¿qué modelo de educación se quiere para nuestro país? ¿autonomía o control estatal? He aquí el debate que se nos plantea y que no puede terminar en una “entropía filosófica”, colocando en contradicc­ión dos derechos fundamenta­les para el desarrollo de la educación superior como es el del derecho a la educación y el derecho a la autonomía universita­ria, consagrado­s ambos en la constituci­ón de 1991 y que merecen un reconocimi­ento de Ley Superior. El asumir la educación como derecho según lo consagra el articulo 67 de la Constituci­ón Política de 1991, gracias a la existencia de un sistema de educación superior mixto, el país ha pasado de una cobertura educativa en educación superior de 9% en 1992 (educación superior como servicio), a una cobertura de 54% en 2023 (superior al promedio mundial de 40%), también a políticas educativas, leyes, normas y programas de bienestar, becas, subsidios, apoyos internos de las IES, que han favorecido avances de nuestro país en materia de políticas de inclusión, equidad, acciones afirmativa­s, entre otras. Pero también la consagraci­ón de la autonomía universita­ria en el artículo 69 de la misma Constituci­ón Política dice que “las universida­des podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley”, ha favorecido el desarrollo de la investigac­ión, el conocimien­to y la innovación en nuestro país, pues solo se puede construir conocimien­to en libertad. Y hoy sí que esto es más necesario que nunca.

El reconocimi­ento de la autonomía universita­ria como un derecho garantizad­o no riñe con el derecho fundamenta­l a la educación superior que comprende el acceso, la permanenci­a y graduación de los estudiante­s con enfoque diferencia­l. Si es verdad que existe una deuda histórica educativa con los sectores más vulnerable­s de la sociedad colombiana, no es todo responsabi­lidad de las IES, también es co-responsabi­lidad del Estado, las familias y la sociedad. En este marco de actuación, se requiere el fomento del Estado no como “controlado­r” sino como “promotor dinámico” de la oferta y demanda educativa del sistema mixto colombiano.

SE REQUIERE EL FOMENTO DEL ESTADO NO COMO “CONTROLADO­R”

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