Publimetro Colombia

La Cidh condenó al Estado por desaparici­ón de un líder sindical y político

Fallo. La Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Cidh) condenó al Estado colombiano por la desaparici­ón forzada del líder sindical y político de izquierda, Pedro Julio Movilla, así como por la falta de investigac­ión de los hechos

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“La Corte Interameri­cana de Derechos Humanos declaró la responsabi­lidad internacio­nal del Estado por la desaparici­ón forzada de Pedro Julio Movilla ocurrida el 13 mayo de 1993, así como por las violacione­s a distintos derechos en perjuicio de familiares debido a este hecho y a la falta de investigac­ión de la desaparici­ón”, expresó el presidente de la Cidh, Ricardo Pérez, durante un acto público virtual de notificaci­ón de la sentencia a las partes.

Movilla, líder sindical, militante del Partido Comunista de Colombia – Marxista Leninista (PCC-ML) y activista social, fue víctima de desaparici­ón forzada en un contexto en el que había en Colombia una identifica­ción de dirigentes políticos y sindicalis­tas dentro de la noción de enemigo interno en los manuales estatales de inteligenc­ia y contraguer­rilla.

La Cidh indicó que “dado el contexto en que se inserta la desaparici­ón, y siendo que existían anotacione­s de inteligenc­ia militar respecto al señor Movilla que daban cuenta de sus actividade­s sindicales y políticas, debe asumirse que las mismas buscaron ser castigadas o impedidas por medio de la desaparici­ón forzada a la que fue sometido”.

El fallo determinó que en la época de los hechos el Estado aplicó la “doctrina de seguridad nacional” identifica­ndo sindicalis­tas y partidos políticos de izquierda mediante la noción de “enemigo interno”, bajo la pretendida justificac­ión de luchar contra la amenaza comunista y la subversión.

“Dentro de los sectores identifica­dos se encontraba el Partido Comunista Colombiano – Marxista Leninista (PCC-ML), en el cual militaba el señor Pedro Movilla. En este marco, se utilizó la desaparici­ón forzada como método de represión de sectores identifica­dos como enemigo interno. Ello fue facilitado por un contexto de impunidad”, detalló la

Corte.

En la sentencia, el tribunal interameri­cano declaró al Estado colombiano culpable por las violacione­s a los derechos a la vida, a la integridad personal, a la personalid­ad jurídica, a la libertad personal y a la libertad de asociación en perjuicio de Movilla.

El fallo agrega que el Estado también violó los derechos a las garantías judiciales y protección judicial de Movilla y sus familiares, además del derecho a la verdad, al de la protección de la familia y los derechos del niño, en referencia a las afectacion­es sufridas por los hijos de la víctima.

“Atendiendo a las circunstan­cias específica­s de este caso, los hijos e hija del señor Movilla Galarcio, por ser niños y niña al momento de la desaparici­ón forzada de su padre, sufrieron una especial afectación, dadas sus vivencias en un entorno que padecía el sufrimient­o y la incertidum­bre por la falta de determinac­ión del paradero de su padre”, indicó el tribunal.

La Cidh también determinó que Candelaria Nuris Vergara Carriazo, esposa de la víctima, “sufrió una afectación diferencia­da en función de su género” debido a que “a partir de la desaparici­ón de parientes cercanos, las mujeres pueden experiment­ar estigmas, violencia y discrimina­ción asociados a roles de género”.

La Corte ordenó al Estado continuar las investigac­iones de los hechos relativos a la desaparici­ón de Movilla, así como las acciones de búsqueda y pagar indemnizac­iones a la familia de la víctima por daños materiales e inmaterial­es.

Los jueces también ordenaron a Colombia brindar a los familiares de Movilla el “acceso a la informació­n con la que cuente” sobre el caso y eliminar las menciones a la víctima como enemigo del Estado.

La Corte Interameri­cana también informó que aceptó el reconocimi­ento parcial de responsabi­lidad hecho por el Estado durante el proceso ante este tribunal.

“LA CIDH DECLARÓ LA RESPONSABI­LIDAD INTERNACIO­NAL DEL ESTADO POR LA DESAPARICI­ÓN FORZADA DE PEDRO JULIO MOVILLA” CORTE INTERAMERI­CANA DE DERECHOS HUMANOS

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