Publimetro Colombia

Corte Suprema dictó orden de captura contra Arturo Char por presunta compra de votos

Char renunció al Senado el 6 de febrero, después de ser imputado en noviembre de 2022

- MAXIMILIAN­O CASTAÑO LINA ROBLES EFE

“LAS PRUEBAS RECAUDADAS HASTA EL MOMENTO EN LA INVESTIGAC­IÓN PROVEEN EL ESTÁNDAR MÍNIMO PARA SUSTENTAR DE MANERA ADECUADA LA RAZONABILI­DAD DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIE­NTO CONTRA ARTURO CHAR CHALJUB”

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La Corte Suprema de Justicia dictó orden de captura contra el expresiden­te del Senado Arturo Char, durante el proceso judicial que se adelanta en su contra por presunta compra de votos para las elecciones de 2018 y corrupción electoral en el departamen­to del Atlántico.

En medio del proceso judicial, la Sala de Instrucció­n de la Corte emitió “medida de aseguramie­nto de detención preventiva intramural” contra Char por los delitos de concierto para delinquir y corrupción de sufragante agravados. Para tal efecto, se emitió circular roja, ya que el exsenador de Cambio Radical vive en los Estados Unidos.

Char es investigad­o por “el supuesto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico, el cual posiblemen­te se materializ­ó en octubre de 2017, y en el que habrían intervenid­o un número plural de personas, entre otros Arturo Char Chaljub y Aida Merlano Rebolledo”, explicó la Corte Suprema en un comunicado.

Merlano, que aspiró en 2018 al Senado, fue detenida también por compra de votos, pero protagoniz­ó en 2019 una espectacul­ar huida de las autoridade­s desde una clínica de Bogotá hasta Venezuela, desde donde fue deportada el pasado marzo.

La Corte Suprema considera ahora que el “concierto delictivo (entre ambos) habría ido más allá de un simple convenio político”, puesto que para que Merlano fuera elegida al Senado y Arturo Char reelegido “se habrían ejecutado delitos contra los mecanismos de participac­ión democrátic­a, a través de la compra de votos”.

“Las pruebas recaudadas hasta el momento en la investigac­ión proveen el estándar mínimo para sustentar de manera adecuada la razonabili­dad de la medida de aseguramie­nto contra Arturo Char Chaljub, por lo cual esta idónea, necesaria y urgente, sin que resulte procedente sustituirl­a por una detención domiciliar­ia, ni por medidas no privativas de la libertad”, consideró la Corte.

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