Causa Justa “Restricciones al acceso al aborto aumentan riesgo de su práctica en condiciones inseguras”
Procedimiento. El movimiento líder en la despenalización del aborto advierte falta de acceso a la información sobre dos solicitudes de referendo presentadas por grupos provida
El 16 de febrero de 2022, la Corte Constitucional eliminó el delito de aborto hasta la semana 24 de gestación, manteniendo las tres causales: salud y riesgo de la madre; malformación del feto, y violación o incesto. Sin embargo, desde ese fallo, dos solicitudes de referendo han sido presentadas por ciudadanos y políticos provida.
El primero, anunciado en mayo de 2022, lo lideró la exsenadora del Centro Democrático Milla Patricia Romero e integró políticos de Colombia Justa Libres, Centro Democrático y Partido Conservador. Sin embargo, el 28 de junio, la Registraduría archivó el referendo provida, pues solo recogieron 1,2 millones de firmas,menos del 5% del umbral del censo electoral. Es decir, cerca de 1.900.000 personas debían firmar.
Casi que al tiempo, el 18 de febrero del año pasado, la exconcejal Sara Castellanos, junto a su mamá Emma Claudia Castellanos, su hermana Manuela Alejandra Castellanos y seis personas más, entre ellas Clara Lucía Sandoval, líder de la iglesia Misión Carismática Internacional –donde Sara es pastora– presentaron la solicitud que lleva por nombre Referendo por la Vida, con más de dos millones de firmas.
Ambos mecanismos pretenden modificar el artículo 11 de la Constitución, abogando al derecho a la vida desde la concepción, pero desconociendo el derecho adquirido a la salud de las mujeres, su libertad reproductiva y a la interrupción voluntaria del embarazo.
Precisamente, el Movimiento Causa Justa, como interesado en el proceso, pero comprometido con la protección del fallo C-055, ha encontrado “constantes irregularidades” en el Referendo por la Vida.
En un primer lugar, hablan de fallas en los procedimientos, pues los impulsadores del mecanismo tenían desde el 23 de marzo de 2022, seis meses para la recolección de firmas. Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral les autorizó una prórroga de tres meses, luego de que justificaran las condiciones climáticas –el fenómeno de La Niña– que impedían realizar el ejercicio.
Frente a este hecho, un grupo de abogados presentó una acción de nulidad contra la resolución que autorizaba la prórroga, pero fue rechazada por el CNE al considerarlo una decisión administrativa de trámite que no podía ser objeto de controversia ante los jueces.
“Si bien La Niña está fuera del control humano, lo que debían probar ellos al solicitar la prórroga es que tomaron todas las medidas y que los efectos no eran irresistibles. Y lo cierto es que si hubieran construido un plan para la recolección de firmas que involucrara asistencia a recintos cerrados, que además estuviera basada en lo que efectivamente sucedió con las lluvias y no en el pronóstico que hizo el Ideam, pues estaríamos en una discusión jurídica de otro calado”, aseguró Juliana Martínez Londoño, integrante de Causa Justa en entrevista con PUBLIMETRO.
Por otra parte, encontraron una vulneración del principio de transparencia, en el que indican que la Registraduría tardó cinco meses en publicar en su sitio oficial la resolución bajo la cual autorizó la inscripción del comité promotor desde el 16 de marzo de 2022 y que fue divulgada en agosto del mismo año. Como también, que el CNE no publicó en la página web de la entidad la prórroga del plazo de recolección de apoyos a la iniciativa de referendo.
Sumado a esto, Causa Justa, en su seguimiento, vio “contradicciones y engaños” con la
Integrante de Causa Justa
“Recordarles a las mujeres que en cualquier lugar del país, en este momento, el aborto es legal hasta la semana 24”
entrega de casi un millón de firmas a la Registraduría. En marzo de 2023, el director del Censo Electoral, Roberto Cadavid, “negó que hubiesen sido entregadas las firmas recogidas hasta ese momento; sin embargo, el 11 de agosto de este año, se conoció que sí habían sido presentadas 901.875 y que el acta de recibo estaba firmada con fecha de septiembre de 2022 por Cadavid, sin que todavía se encuentre publicada.
El mismo funcionario, el 25 de agosto, indicó que se trató de una imprecisión, inconsistencia de la que no se tiene explicación”, afirmaron.
En cuanto al derecho de acceso a la información, denuncian múltiples dificultades para acceder a ella, obteniendo, dicen, respuestas tardías, incompletas o evasivas.
“Esto genera suspicacias sobre cómo se dan estos procedimientos. Para que el referendo se dé en términos garantistas, se necesitan requisitos mínimos como acceso a la información. Si la institucionalidad no tiene esto disponible, va a ser difícil que podamos participar de esa controversia pública”, acotó Martínez.
Además, durante la investigación que llevó Causa Justa, verificaron que algunas personas que fueron invitadas a firmar al referendo impulsado por Sara Castellanos, “lo hicieron bajo información engañosa y confusa, por ejemplo, diciéndoles que era una iniciativa para ‘que no aprueben el aborto’, ‘para que se les permita a los bebes nacer’ o afirmando que ‘cuatro magistrados decidieron por toda Colombia que se podía matar los bebés inclusive hasta los siete meses’.
Desde el movimiento, también dicen que este mecanismo de participación ciudadana ha sido usado de manera oportunista para cuestionar principios y valores de la Constitución colombiana como la dignidad humana y el derecho fundamental a la salud, que incluye el derecho a la salud reproductiva, del que el aborto es un componente.
“La imposición de restricciones al acceso al aborto trae consigo el riesgo de aumentar su práctica en condiciones inseguras, poniendo en peligro la salud y la vida de las mujeres y vulnerando su libertad de conciencia, lo que significaría un retroceso a los avances logrados luego de la Sentencia C-055 de 2022. Decisión que fue recientemente ratificada por la Corte Constitucional en la sentencia C-322 de 2023”, aseveran.
¿Qué tanto alcance podría llegar a tener este referendo?
Según Juliana Martínez, la sentencia, al ser constitucional, cuenta con una “robustez jurídica que han acogido instituciones como el Ministerio de Salud al expedir la resolución 051 de 2023”.
Lo segundo, manifiesta, es términos sociales. Según la Encuesta Polimétrica 2023 de la firma Cifra & Conceptos –en el módulo sobre derechos sexuales y reproductivos y aborto–, el 91% de la población colombiana considera que la maternidad no debe ser forzada y solamente el 2% considera que las iglesias deben involucrarse en decisiones de este tipo.
“Recordar no solamente la laicidad de nuestro Estado, sino que los derechos sexuales y reproductivos imponen un límite a la injerencia de terceros e incluso a la injerencia del Estado mismo. Estos son asuntos personalísimos y del fuero interno de las mujeres o de las personas que vivan un proceso de gestación”, declaró Martínez.
Y por último, ratificó que el Referendo por la Vida “no aplica en contra de sentencias del alto tribunal” y su trámite se encuentra en la etapa de revisión de firmas de aquí al 8 de septiembre, donde la Registraduría deberá publicar un informe técnico emitiendo un concepto sobre si son válidas o hay duplicados, tachados o enmendaduras.
“De ahí le quedan al menos cuatro pasos adicionales a esa iniciativa y, realmente, es un proceso dispendioso que implica un gran esfuerzo en términos estatales y ese mismo es lo que debería hacer que este proceso se lleve con toda la legitimidad”, dijo Martínez.
¿Qué responde la Registraduría y el CNE?
Conforme a Martínez, cuando “el director del censo electoral fue interrogado por El País de España, él da respuesta a un derecho de petición elaborado por un ciudadano. Dice que se cometió una imprecisión cuando él había negado que sí hubiera entregado las firmas al cierre de la primera etapa, que fue en septiembre del año pasado. Su respuesta es insatisfactoria. No se explica, porque no hay información alojada en este momento en la página”.
El llamado de Causa Justa a las instituciones
Finalmente, Causa Justa hace un llamado a los órganos electorales: “Creemos que estamos a tiempo de prestar atención y atender de manera cuidadosa estos indicios que erosionan la legitimidad y la legalidad del mecanismo”.
Por ello, piden “poder conocer oportunamente el informe técnico que se elabore y, si es el caso, entrar también a revisar las firmas con todas las garantías, con el cuidado por la información que debe tener la Registraduría”, afirmó Martínez.