EMBALÓ AL ESPOSO PARA SEPARARSE DE ÉL
Un manizaleño tuvo que afrontar un penoso proceso penal por supuestos vejámenes con su hija de tres años. Logró demostrar que era inocente y salió a flote que su esposa quería separarse, pero no se atrevía a decírselo a la familia.
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- La profesional puntualizó que la señora no padece un déficit cognitivo, pero sus patologías sí afectan a la paciente en diferentes aspectos de su vida, como la manera en que se relaciona con los demás y la forma en que se preocupa excesiva a irracionalmente por cuestiones irrelevantes.
Entre sus conclusiones incluyó el que la condición de la examinada pudo haber originado la falsa denuncia presentada.
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- El psiquiatra, con fundamento en este estudio, dejo latente la posibilidad de un aleccionamiento de la madre a la niña para hacer referencia a esos hechos abusivos, como mecanismo de escape a un matrimonio disfuncional del que no se podía deshacer sin más (por la presión familiar que refirió la señora, en el sentido de que el matrimonio debía conservarse y que no era una opción la separación).
El caso
Estos dos conceptos de profesionales se escucharon en el juicio que terminó con la absolución, en primera y segunda instancia, de un padre de familia, en Manizales, señalado de actos sexuales con menor de 14 años e incesto, como lo acusó la Fiscalía. La supuesta víctima era su hija.
La decisión del Juzgado Tercero Penal del Circuito de Manizales fue apelada por el ente acusador y el representante de la víctima, pero el Tribunal Superior confirmó ese fallo.
Todo arrancó el 20 de agosto de 2016 cuando una mujer denunció a su esposo porque supuestamente abusó de la hija de ambos, de 3 años de edad. La señora explicó que ella le contó que le “dolía la vagina y que cuando le preguntó por qué, contestó que su papá la tocaba ahí”,
Al revisarla, la madre se percató de que el órgano sexual de la niña estaba hinchado. Con posterioridad a la fecha mencionada, la menor dio esa misma información a otros familiares.
El 12 de julio de 2017 se realizó la audiencia de formulación de imputación, el 22 de agosto la de acusación y el juicio oral se dio en sesiones del 2, 3 y 6 de agosto, y 3 de octubre de 2018 (fl. 78).
El Juzgado lo absolvió el 22 de noviembre de 2018, según contó Aristides Betancur Ciuffetelli, abogado defensor del hombre que estuvo a punto de ser condenado por una infamia.
La jueza anunció que la sentencia era absolutoria porque la Fiscalía no probó, más allá de toda duda, que el procesado cometió actos de contenido sexual con su hija.
La menor tenía 3 años de edad para la época de los presuntos hechos y 5 para el momento del juicio oral.
En las cárceles del país hay 11.029 condenados por delitos sexuales y otros 5.310 sindicados.
“Se demostró que la declarante tenía una relación conflictiva con el procesado en la que, según ella misma lo dijo, la maltrataba psicológicamente. Por razones insignificantes le dejaba de hablar 15 días o más, le controlaba el tiempo, le arrojaba cosas cuando peleaban, le suprimía gastos, entre otros. Y que sobre ella pesaban presiones morales, religiosas y familiares, que le impedían optar por la separación. La denunciante no tuvo la capacidad de analizar con claridad lo que acaeció a su alrededor frente al supuesto caso de abuso”.
Voces
Conclusiones de la psicóloga Luz Stella Paipilla (quien valoró a la mujer), sobre los rasgos de comportamiento ansioso y depresivo diagnosticados en la denunciante “podrían incidir, de alguna manera, para que ella realizara denuncias con respecto de él”.
Este concepto generó duda, a criterio de la jueza, sobre la veracidad del dicho de la niña y posibilita que la misma haya sido influenciada por la afectada madre para que hiciera afirmaciones apócrifas de supuestos actos sexuales cometidos en su contra. “En otras palabras, se presentó el llamado síndrome de alienación parental (ver recuadro)”.
La defensa presentó el concepto psiquiátrico del perito Marco Antonio Acosta López, quien concluyó, entre otros aspectos, la existencia de indicios forenses sobre la tendencia de la madre a buscar una razón, como una falsa denuncia, para lograr separarse de su esposo.
Otra duda generada es que el día de los supuestos hechos, la madre y otra mujer siguieron en pie con la programación del cumpleaños número 50 del procesado, pese a que ese día en la mañana la hija le habló del presunto abuso.
De otro lado, la supuesta víctima, con el tiempo, varió sus versiones. Ante la psicóloga Andrea Gutiérrez Salazar y la investigadora Diana Marcela Chávez Noreña escasamente dijo que su papá le tocaba la vagina. Ya en juicio expresó que lo hacía con una flauta y una pandereta y que se metía a la casa de muñecas a tocarle las partes íntimas. A veces dice que sucedió en 5 ocasiones y en otras que en 50.
“Aún considerando su corta edad, el señalamiento sobre los tocamientos y la connotación de los mismos no son contundentes. Adicionalmente, la menor no presenta secuelas. El médico Augusto Ramírez Cardona revisó a la niña cuando se denunciaron los hechos, dijo en juicio que los hallazgos en esta zona podrían haberse originado en maniobras sexuales o manipulación brusca en las labores de limpieza e higiene. En este panorama prevaleció la presunción de inocencia”.