CORONEL RETIRADO DICE QUE LA POLICÍA VIOLÓ SUS DERECHOS
Un coronel retirado de la Policía, quien prestó sus servicios como subcomandante en Caldas, interpuso una tutela contra un juzgado penal de Manizales y el Grupo de Indemnizaciones del Área de Prestaciones Sociales y el Grupo Técnico del Área de Medicina Laboral de la Dirección de Sanidad de la fuerza pública.
Este alegaba la presun vulneración del derecho al debido proceso administrativo, igualdad, intimidad y petición. Además se vinculó al Tribunal Superior de Manizales.
En mayo del 2017, el coronel solicitó su retiro del servicio activo y un año después se practicó la Junta Médica Laboral (JML), sin que se presentara recurso alguno. Sin embargo, el accionante radicó un derecho de petición en el 2021 en el que solicitaba la liquidación, inclusión en nómina y el pago a su favor de una indemnización derivada de la calificación hecha durante su retiro.
El uniformado alegaba que las JML realizadas en fechas cercanas se liquidaron y pagaron y como a él no, esto vulneraba su derecho a la igualdad. La Policía le respondió ese año que el trámite le correspondía a Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Al no recibir la respuesta esperada, el afectado presentó una acción de tutela contra la fuerza pública por vulnerar su derecho de petición.
Debido a que el Juzgado tampoco solucionó el problema, según la queja del coronel, empezó un tire y afloje en el que se vio involucrado el Tribunal Superior de Manizales y ante la negativa e imposibilidad de corregir los supuestos errores de la Junta, el caso llegó a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia.
En agosto, la Sala de Decisión 2 de Tutelas no accedió a las pretensiones del coronel, pero su defensor interpuso una impugnación. La Sala Penal consideró que se incurrió en una causal de nulidad y el proceso deberá volver a empezar, por lo que las decisiones de la Policía quedaron sin efecto.
“En el presente caso, como se anticipó, se advierte una irregularidad, consistente en que la competencia para conocer en primera instancia el asunto correspondía al Tribunal”, explicó la dependencia, al tiempo que explicó que la tutela no se dirigía contra el Tribunal y la única actuación judicial fue la del Juzgado, que no accedió a abrir un incidente de desacato.
Como no se llevó a cabo el debido proceso, la Corte remitió el caso a Manizales para que se decida en primera instancia y se anule lo hecho por la Sala de Decisión de Tutelas.