10 claves básicas para entender la factura electrónica
Mecanismo podría disminuir costos de operación
estos comprobantes deben tener fuerza probatoria, eficacia jurídica y numeración consecutiva, entre otros elementos.
El artículo uno de la resolución define todos los actores y pasos del proceso.
¿Cómo beneficia la factura electrónica a la administración tributaria de Costa Rica? Los comprobantes electrónicos le permitirán a la administración tributaria ejercer labores de control en forma integral.
El artículo 14 de la resolución DGT-R-48-2016 estipula: “Los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos deben disponer de controles, registros y bitácoras de cada transacción registrada, que permita a la administración tributaria ejercer las labores de control tributario en forma integral”.
¿Cómo beneficia a los comercios y profesionales liberales? Algunos de los beneficios que trae la factura digital para los comercios, empresas y profesionales liberales se relacionan con la optimización de recursos, la eficiencia y la productividad.
Estos son algunos elementos que juegan a favor del nuevo mecanismo, de acuerdo con la firma consultora de contadores públicos y asesores de negocios Russel Bedford:
Disminución de los costos de operación (disminución de papeleo, imprenta, bodegaje y despacho de facturas), al disminuir la impresión de documentos se contribuye con la protección del medio ambiente.
Agilidad en el proceso de trámite y gestión de cobro (disminución de tiempo en procesos administrativos).
Aumenta la productividad para las empresas, se asegura la eficacia y seguridad en el intercambio de información. Esto mediante el uso de la firma digital en los documentos electrónicos. Es básico para que las empresas puedan iniciar el comercio electrónico a nivel nacional.
¿Cómo beneficia al consumidor final este sistema? El consumidor final, al igual que en la actualidad, va a recibir su respectivo comprobante de la transacción de compraventa o percepción del servicio mediante el sistema electrónico, lo que le garantiza trazabilidad en sus operaciones y podrá contribuir con la no emisión de facturas físicas (en papel).
¿Cómo puede contribuir la factura digital para mejorar la recaudación tributaria en el país en momentos de déficit fiscal? El sistema de factura electrónica no busca generar un aumento en la cantidad de recursos que se cobran mediante los tributos en el país, lo que pretende es mejorar los mecanismos de control, sobre todo, para el impuesto de renta.
Esta forma de factura no tendrá ningún impacto en el nivel de recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que busca aprobar el Gobierno en la Asamblea Legislativa.
Es importante recordar que la factura electrónica es una iniciativa que estaba incluida en la Ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal N.º 9416, que fue aprobada por los diputados el 8 de setiembre del 2016.
Este mecanismo de facturación procura fortalecer la utilización de comprobantes electrónicos como cumplimiento voluntario de los deberes formales de los contribuyentes.
También pretende simplificar los procedimientos tributarios
¿Cuál es el futuro de la factura electrónica en el país? La administración tributaria pretende que el 100% de los contribuyentes emitan comprobantes electrónicamente antes de que finalice este año.
“Tributación ha ido emitiendo distintas notificaciones por segmentos y actualmente la DGT-52-2018, en la que se crea la obligatoriedad del uso de comprobantes electrónicos a todos los contribuyentes que aún no se habían incorporado al sistema”, añadió Mora.
La factura electrónica se convertirá en el principal mecanismo de control para la DGT ya que ofrece información directa del contribuyente. ¿Cómo deben incorporarse las personas físicas y jurídicas que todavía no utilizan factura electrónica? Las personas físicas o jurídicas deben iniciar un proceso para inscribirse ante Tributación, según el último dígito de su cédula de identidad.
De esta forma, los obligados tributarios cuyo último dígito de la cédula sea 1, 2 o 3, se incorporarán a partir del 1.° de setiembre 2018.
Los contribuyentes cuya cédula física o jurídica termina en 4, 5 o 6, se incorporarán a partir del 1.° de octubre de 2018.
Finalmente, los obligados tributarios cuyo último dígito de la cédula sea 7, 8 o 9, se incorporarán a partir del próximo 1.° de noviembre de 2018.
El régimen de tributación simplificada queda exento de esta obligación, hasta que la administración tributaria emita una notificación en esa línea.■■