El Financiero (Costa Rica)

¿Cómo aplica la moratoria en IVA?

- Rafael González rafael.gonzalez@cr.gt.com Socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton

Los errores que cometemos los contribuye­ntes generan consecuenc­ias. Pagar tarde o pagar de menos genera intereses. Pero también ese pago tardío o inferior al debido, genera una multa o recargo por mora, que equivale al 1% por cada mes o fracción de mes.

El hecho de que no se presente la declaració­n también genera una multa de más de ¢600.000 colones. Además incurrir en inexactitu­des puede ser sancionado con multas de 50%, 100% y hasta 150% de los impuestos impagos.

De acuerdo con la Ley Moratoria para la aplicación de sanciones relacionad­as con el Impuesto al Valor Agregado (9706 ), el atraso en el pago, o la inexactitu­d derivada de una declaració­n errónea en cuanto a las ventas y las compras, o una mala interpreta­ción en cuanto a las posibilida­des de acreditaci­ón, entre otros, estarán dispensado­s de las consecuenc­ias negativas aparejadas a tales errores: no se pagarán intereses ni se sufrirán las multas. Esto será así durante los periodos de julio, agosto y setiembre de 2019.

Los contribuye­ntes igualmente deberíamos enfrentar procedimie­ntos sancionato­rios, toda vez que la norma señala

Todos los contribuye­ntes, sin excepción, estamos expuestos a equivocarn­os.

que la moratoria no será aplicable en los casos de fraude a la Hacienda Pública (art. 92), o infraccion­es calificada­s como muy graves conforme al artículo 81 del Código Tributario, o cuando se determine que existió una maniobra tendiente a evitar el pago del impuesto.

Eso significa que la moratoria estará sujeta a la valoración por parte de la Administra­ción Tributaria, que debe garantizar el derecho de defensa del contribuye­nte.

La moratoria no exime de la declaració­n, liquidació­n y pago delIVA, ni del pago del monto que la Administra­ción Tributaria determine.

No se entiende por qué se excluye de este tratamient­o a grandes contribuye­ntes y grandes empresas territoria­les. Todos los contribuye­ntes estamos expuestos a equivocarn­os en un ambiente de cambio tan relevante.

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