¿Cómo aplica la moratoria en IVA?
Los errores que cometemos los contribuyentes generan consecuencias. Pagar tarde o pagar de menos genera intereses. Pero también ese pago tardío o inferior al debido, genera una multa o recargo por mora, que equivale al 1% por cada mes o fracción de mes.
El hecho de que no se presente la declaración también genera una multa de más de ¢600.000 colones. Además incurrir en inexactitudes puede ser sancionado con multas de 50%, 100% y hasta 150% de los impuestos impagos.
De acuerdo con la Ley Moratoria para la aplicación de sanciones relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (9706 ), el atraso en el pago, o la inexactitud derivada de una declaración errónea en cuanto a las ventas y las compras, o una mala interpretación en cuanto a las posibilidades de acreditación, entre otros, estarán dispensados de las consecuencias negativas aparejadas a tales errores: no se pagarán intereses ni se sufrirán las multas. Esto será así durante los periodos de julio, agosto y setiembre de 2019.
Los contribuyentes igualmente deberíamos enfrentar procedimientos sancionatorios, toda vez que la norma señala
Todos los contribuyentes, sin excepción, estamos expuestos a equivocarnos.
que la moratoria no será aplicable en los casos de fraude a la Hacienda Pública (art. 92), o infracciones calificadas como muy graves conforme al artículo 81 del Código Tributario, o cuando se determine que existió una maniobra tendiente a evitar el pago del impuesto.
Eso significa que la moratoria estará sujeta a la valoración por parte de la Administración Tributaria, que debe garantizar el derecho de defensa del contribuyente.
La moratoria no exime de la declaración, liquidación y pago delIVA, ni del pago del monto que la Administración Tributaria determine.
No se entiende por qué se excluye de este tratamiento a grandes contribuyentes y grandes empresas territoriales. Todos los contribuyentes estamos expuestos a equivocarnos en un ambiente de cambio tan relevante.