Hacienda elimina trámites para usuarios de factura digital
Ya no tendrán que validar los comprobantes para deducir gastos del impuesto de renta
Si usted es usuario del sistema de factura electrónica, preste atención. El Ministerio de Hacienda eliminó, a partir del 10 de febrero, dos trámites que se consideraban complejos y que demandaban tiempo valioso de los contribuyentes.
Rodrigo Chaves, ministro de Hacienda, explicó durante una comparecencia ante el pleno de la Asamblea Legislativa, que la eliminación de estos procesos busca simplificar el uso de la herramienta de facturación digital a las personas y empresas.
El primer cambio se dará en el envío de comprobantes electrónicos para quienes utilizan factura digital.
Este proceso implicaba que cada vez que una persona compraba un bien o servicio debía enviar el comprobante al Ministerio de Hacienda para que esta entidad confirmara y validara el documento.
Una vez que el contribuyente recibía el aval de la Administración Tributaria podía descontar ese comprobante en su declaración anual del impuesto sobre la renta.
El segundo cambio tiene que ver con las declaraciones informativas que las personas físicas o jurídicas debían presentar en noviembre de cada año mediante el formulario D-151.
Se le conoce como “Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos” y era obligatoria para empresas o personas sujetas o no al pago del impuesto sobre la renta.
El objetivo de esta declaración era que los contribuyentes ofrecieran el detalle de las compras que efectuaron durante el año a un mismo proveedor en aquellos casos en los cuales la suma acumulada de adquisiciones supera los ¢2,5 millones durante el periodo fiscal en curso.
Carlos Vargas, director general de Tributación, explicó a La Nación que con este cambio buscan simplificar el proceso para los usuarios de factura electrónica en el país.
“Se aplicó un ajuste, de manera que todo lo que se hace a través de la factura electrónica no tenga que incluirse en la declaración informativa”, agregó Vargas.
Estos cambios aplicarán únicamente para las personas físicas o jurídicas que utilizan factura electrónica, quienes se encuentran en otros regímenes tributarios sí tendrán que cumplir con la obligación de presentar la declaración informativa D-151.
El ministro Rodrigo Chaves señaló que la eliminación de estos dos trámites entrará en vigor el lunes 10 de febrero debido a que se publicarán en el diario oficial La Gaceta en el transcurso del día.
manuel.avendano@elfinancierocr.com
Largo camino
Localmente se empezó a usar la factura electrónica en 2007, pero de forma voluntaria.
Con la implementación de la obligatoriedad en el 2018, Costa Rica se ubicó entre los líderes globales en factura electrónica.
De acuerdo a un informe de la firma Billentis, en ese grupo también están México, Brasil, Argentina, Chile y los países escandinavos.
Canadá, Estados Unidos, Colombia, Perú, Bolivia, Islandia, Irlanda y a Unión Europea se encontraban en la categoría de “avanzados” en el uso de la factura electrónica, mientras que China, Rusia, India, y otros países de Asia y África estaban en la de “en desarrollo”.
Algunos países como Honduras y El Salvador apenas están planificando el uso de los comprobantes electrónicos.
Hasta 2014 el volumen mundial de facturas electrónicas se ubicaba cerca de los 40.000 millones, según la misma Billentis, que destaca reducciones entre 50% y 80% en costos por el uso de este tipo de documento digital.
Actualmente el uso de los comprobantes electrónicos de compras son obligatorios en 14 países.
Las iniciativas para impulsar la factura electrónica en la región se han enfocado en incrementar la recaudación, ubicada por debajo de la de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Es la declaración infomativa que ya no deberán llenar los contribuyentes que usan factura digital.