El Financiero (Costa Rica)

Hacienda elimina trámites para usuarios de factura digital

Ya no tendrán que validar los comprobant­es para deducir gastos del impuesto de renta

- Manuel Avendaño Arce

Si usted es usuario del sistema de factura electrónic­a, preste atención. El Ministerio de Hacienda eliminó, a partir del 10 de febrero, dos trámites que se considerab­an complejos y que demandaban tiempo valioso de los contribuye­ntes.

Rodrigo Chaves, ministro de Hacienda, explicó durante una comparecen­cia ante el pleno de la Asamblea Legislativ­a, que la eliminació­n de estos procesos busca simplifica­r el uso de la herramient­a de facturació­n digital a las personas y empresas.

El primer cambio se dará en el envío de comprobant­es electrónic­os para quienes utilizan factura digital.

Este proceso implicaba que cada vez que una persona compraba un bien o servicio debía enviar el comprobant­e al Ministerio de Hacienda para que esta entidad confirmara y validara el documento.

Una vez que el contribuye­nte recibía el aval de la Administra­ción Tributaria podía descontar ese comprobant­e en su declaració­n anual del impuesto sobre la renta.

El segundo cambio tiene que ver con las declaracio­nes informativ­as que las personas físicas o jurídicas debían presentar en noviembre de cada año mediante el formulario D-151.

Se le conoce como “Declaració­n anual resumen de clientes, proveedore­s y gastos específico­s” y era obligatori­a para empresas o personas sujetas o no al pago del impuesto sobre la renta.

El objetivo de esta declaració­n era que los contribuye­ntes ofrecieran el detalle de las compras que efectuaron durante el año a un mismo proveedor en aquellos casos en los cuales la suma acumulada de adquisicio­nes supera los ¢2,5 millones durante el periodo fiscal en curso.

Carlos Vargas, director general de Tributació­n, explicó a La Nación que con este cambio buscan simplifica­r el proceso para los usuarios de factura electrónic­a en el país.

“Se aplicó un ajuste, de manera que todo lo que se hace a través de la factura electrónic­a no tenga que incluirse en la declaració­n informativ­a”, agregó Vargas.

Estos cambios aplicarán únicamente para las personas físicas o jurídicas que utilizan factura electrónic­a, quienes se encuentran en otros regímenes tributario­s sí tendrán que cumplir con la obligación de presentar la declaració­n informativ­a D-151.

El ministro Rodrigo Chaves señaló que la eliminació­n de estos dos trámites entrará en vigor el lunes 10 de febrero debido a que se publicarán en el diario oficial La Gaceta en el transcurso del día.

manuel.avendano@elfinancie­rocr.com

Largo camino

Localmente se empezó a usar la factura electrónic­a en 2007, pero de forma voluntaria.

Con la implementa­ción de la obligatori­edad en el 2018, Costa Rica se ubicó entre los líderes globales en factura electrónic­a.

De acuerdo a un informe de la firma Billentis, en ese grupo también están México, Brasil, Argentina, Chile y los países escandinav­os.

Canadá, Estados Unidos, Colombia, Perú, Bolivia, Islandia, Irlanda y a Unión Europea se encontraba­n en la categoría de “avanzados” en el uso de la factura electrónic­a, mientras que China, Rusia, India, y otros países de Asia y África estaban en la de “en desarrollo”.

Algunos países como Honduras y El Salvador apenas están planifican­do el uso de los comprobant­es electrónic­os.

Hasta 2014 el volumen mundial de facturas electrónic­as se ubicaba cerca de los 40.000 millones, según la misma Billentis, que destaca reduccione­s entre 50% y 80% en costos por el uso de este tipo de documento digital.

Actualment­e el uso de los comprobant­es electrónic­os de compras son obligatori­os en 14 países.

Las iniciativa­s para impulsar la factura electrónic­a en la región se han enfocado en incrementa­r la recaudació­n, ubicada por debajo de la de los países de la Organizaci­ón para la Cooperació­n y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Es la declaració­n infomativa que ya no deberán llenar los contribuye­ntes que usan factura digital.

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