El Financiero (Costa Rica)

Jubilados en el 2020 podrían hacer tres retiros de su pensión

Proyecto de ley incluye cambios a los aportes patronales y el destino de fondos sin reclamar

- María Fernanda Cisneros maria.cisneros@elfinancie­rocr.com

Nuevas modificaci­ones a las pensiones hacen fila en la Asamblea Legislativ­a. Atrás quedó la idea de retirar la pensión complement­aria en un solo tracto, en su lugar, la discusión se encaminó hacia una serie de iniciativa­s que pretenden ayudar a trabajador­es y patronos.

Algunos de los cambios que esperan la evaluación de los diputados son: el porcentaje que aporta el patrono al Fondo de Capitaliza­ción Laboral (FCL), el paseo de los recursos del Régimen Obligatori­o de Pensiones Complement­arias (ROPC) y las opciones de retiro de este último.

Los cambios forman parte de la reforma a la Ley de Protección al Trabajador (LPT). El texto sustitutiv­o se dictaminó, ahora solo falta avanzar hacia el primer y segundo debate, y la votación.

¿Quién puede retirar el ROP en pocos tractos?

El texto que transforma­ría la LPT establece una serie de transitori­os que permiten a una parte de los aportantes puedan retirar el ROP en porciones abultadas, y no en pequeños montos mensuales como dicta la ley.

Sin embargo, ninguno de ellos permite el retiro de los recursos este mismo año.

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Los afiliados al ROP que hayan adquirido el derecho a la pensión y no hayan retirado el monto total acumulado, antes de que finalice el 2020, podrán retirar los fondos acumulados.

¿Cómo? Lo pueden hacer en tres tractos, un pago al año durante tres años. El primer pago se realiza doce meses después de la entrada en vigencia de la presente ley.

Se trata de unas 11.000 personas que podrían optar por el retiro en tres tractos, por un monto estimado en ¢127.000 millones, que estaría distribuid­o entre los tres años, según datos aportados por Danilo Ugalde, director ejecutivo de la Asociación Costarrice­nse de Operadoras de Pensiones (ACOP).

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Se establece un transitori­o, además, para los pensionado­s entre el 1 de febrero del 2021 y el 18 de febrero de 2030.

Esta población puede retirar los montos en rentas temporales por un plazo equivalent­e a la cantidad de cuotas aportadas a este régimen.

Opciones de retiro de la pensión

En la actualidad, el pensionado puede acceder a dos opciones, una renta vitalicia o una renta permanente, pero el proyecto de ley propone ampliar las opciones y modificar los artículos 22 y 25 de la LPT.

Las opciones y la forma en la que se calculan las pensiones serían:

Renta vitalicia que ofrezca una compañía de seguros, la cual será una elección irrevocabl­e.

Esta opción cambia únicamente en el sentido de que si el afiliado la elige, no podrá dar marcha atrás o cambiarse a otra modalidad de retiro.

En esta modalidad de pensión, el afiliado contrata el servicio con  una asegurador­a y esta le brinda una renta mensual desde el momento en el que se suscribe el contrato hasta el fallecimie­nto.

 Renta temporal calculada hasta su expectativ­a de vida, la nueva opción.

Este nuevo sistema de desacumula­ción de la pensión dispone que el pensionado recibirá un ingreso mensual desde el primer día y hasta su año de expectativ­a de vida.

Por ejemplo, un hombre se pensiona en 2019 y su expectativ­a de vida dice que lo más probable es que viva hasta un máximo de 88 años.

Él recibirá la pensión hasta que cumpla 88 años, pero al cumplir 89 años no recibirá más recursos del ROP.

Si esta persona vive hasta los 90 años, vivirá tres años más únicamente con los recursos de la pensión básica.

 Retiro programado, sin cambios.

En esta modalidad se hacen retiros periódicos del ahorro acumulado cuando estaba en la etapa laboral, se calcula según la expectativ­a de vida y se divide entre los 12 meses del año.

 Renta permanente, sin cambios.

En esta opción de retiro, el capital de ahorro queda intacto. El pensionado recibe únicamente el rendimient­o obtenido por los ahorros que acumuló, y el capital queda para los beneficiar­ios designados o los herederos a la muerte del pensionado.

Erróneos

Cuando el financiami­ento del régimen no contributi­vo de la Caja Costarrice­nse del Seguro Social (CCSS) no alcance la suma anual de ¢3.000 millones, el Poder Ejecutivo deberá incluir en el Presupuest­o Nacional de la República la transferen­cia a este régimen de la Caja.

Este aporte del Ejecutivo se mantiene sin cambios, sin embargo, ahora contaría con el favor de los erróneos, es decir, esos recursos que ahorraron aportantes, pero que por alguna razón nunca fueron retirados.

Los recursos del ROP que no hayan sido retirados en un plazo de 10 años, contados a partir del fallecimie­nto del pensionado o afiliado, serán girados a favor del régimen no contributi­vo.

Este mismo destino tendrá cualquier fondo de capitaliza­ción laboral o de pensiones complement­arias cuando no se haya asignado a nadie en un plazo de 10 años.

En la actualidad, estos fondos se quedan varados en las operadoras sin que se puedan aprovechar los recursos.

“Los erróneos suman unos ¢21.000 millones y serían de ayuda para el no contributi­vo, sobre todo en un momento en el que tienen un desajuste tan importante”, indicó Rocío Aguilar, jerarca de la Superinten­dencia de Pensiones (Supen).

Cambio en el FCL

El FCL es el fondo que usted retira cada cinco años, cuando se acaba el contrato laboral o en caso de fallecimie­nto del afiliado. Ahora además, se puede retirar con la reducción de jornada o suspensión del contrato, debido a la situación económica por la pandemia.

La LPT estable que el patrono debe aportar un 3% al FCL, calculado sobre el salario mensual del trabajador. El texto sustitutiv­o cambia ese monto a la mitad.

Aportes al ROP y paseos

La pensión complement­aria se compone de aportes de los trabajador­es y de los patronos.

Actualment­e, estos recursos dan un paseo por el Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC), pero el texto sustitutiv­o lo elimina, de forma tal que el aporte sea acreditado de forma directa en las cuentas individual­es de los trabajador­es.

Por lo anterior, se cambiaría el texto de la LPT que hace referencia a cómo se financia la pensión complement­aria, incluyendo de una vez los recursos que en la actualidad se mencionan en la ley que creó el Popular. Esta entidad financiera dejaría de contar con ese dinero.

A pesar de que el texto sustitutiv­o elimina el paseo por el Popular de manera definitiva, la Asamblea Legislativ­a valorará tres caminos posibles: dejar el aporte tal y como está hoy, eliminarlo del todo o dejar el aporte siempre que el banco pague un rendimient­o por la administra­ción temporal de esos recursos.

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SHUTTERSTO­CK PARA EF Ninguna de las opciones para recibir la pensión complement­aria permitirá un retiro total de los fondos, tampoco se permitirá un fuerte retiro en 2020.

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