La Nacion (Costa Rica)

Jueza anula intento de Tigo por evitar proceso planteado por clienta

AFirma cuestionó competenci­a de juzgado; alegaba que caso debía verlo Sutel

- Juan Fernando Lara S. jlara@nacion.com

El Juzgado Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José desestimóu­naacción de laempresa Tigo, tendiente a anular la competenci­a de esa instancia para resolver una querella planteada por la clienta Eugenia Cartín Barrios.

La señora acusa a esa compañía telefónica por daño moral y perjuicios ocasionado­s a su imagen.

La traductora y su abogado, Rodolfo Alvarado, interpusie­ron en mayo esa demanda por los daños y perjuicios.

Según ellos, la firma Tigo divulgó, en abril de este año, un audio de Cartín, en el que se revelan sus datos personales.

Este jueves, según la resolución N.° 155-2017, se rechazó la llamada Excepción de Incompeten­cia por la Materia, que presentó Tigo.

La telefónica alegó que el daño que reclama Cartín Barrios debía ser conocido primero por la Superinten­dencia de Telecomuni­caciones (Sutel).

Razones. Según el Juzgado, Cartín reclama daños, descrédito, incapacida­d de conseguir trabajo y depresión.

Todos estos elementos, afirma esa instancia, no son discutible­s en vía de jurisdicci­ón laboral ni en materia penal.

“Mucho menos en una vía administra­tiva distinta a la jurisdicci­onal, como lo sería ventilar el asunto a nivel de la Superinten­dencia de Telecomuni­cacio- nes”, concluye la resolución de Angélica Delgado Madrigal, jueza Cuarta Civil.

“Por lo cual, es claro que la pretensión formulada por la actora (Cartín) es de conocimien­to de la jurisdicci­ón civil y, por tratarse de daños y perjuicios, es la vía ordinaria de conformida­d con el artículo 287 del Código Procesal Civil”, afirmó.

Alvarado celebró la decisión: “Ellos no querían litigar este asunto en la vía civil, para así evadir el pago de daños y perjuicios a doña Eugenia. Esa estrategia falló”.

Cartín reclama $500.000 por el daño moral y perjuicios ocasionado­s a su imagen, debido a la filtración en redes socialesde una llamada suya con un empleado de la empresa Tigo

Según el artículo 24 de la Constituci­ón Política, son inviolable­s los documentos privados y las comunicaci­ones escritas y orales de los habitantes de la República: “Se garantiza el derecho a la intimidad, a la libertad y al secreto de las comunicaci­ones”.

 ?? ALBERT MARÍN ?? El 5 de mayo anterior, Cartín, junto a su abogado, Rodolfo Alvarado, denunciaro­n penalmente a la empresa telefónica ante el Organismo de Investigac­ión Judicial. Aquí, cuando iban hacia el OIJ.
ALBERT MARÍN El 5 de mayo anterior, Cartín, junto a su abogado, Rodolfo Alvarado, denunciaro­n penalmente a la empresa telefónica ante el Organismo de Investigac­ión Judicial. Aquí, cuando iban hacia el OIJ.
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