‘Usted actuó de forma vil y bestial’
Sentencia de 121 años que se reducen a 50 por ser ese el plazo máximo aquí Sujeto fue hallado culpable de siete delitos; actuó de forma ‘vil y bestial’
Por actuar de una manera “vil (...) y bestial”, el peón agrícola Jairo Díaz Aragón, de 44 años, recibió ayer la más alta pena que dispone la ley por siete delitos que cometió, al masacrar a una familia en Copey de Dota, en San José.
La sentencia la dictó el Tribunal Penal de Juicio de Cartago a las 2:10 p. m. En total, fueron 121 años y un mes de cárcel, por un delito de homicidio calificado, tres homicidios simples, dos violaciones agravadas y un hurto.
Los hechos que se juzgaron ocurrieron el 29 de mayo del 2015, en un rancho en una finca cafetalera, en el cual habitaba la familia, que era de origen nicaragüense.
Las víctimas fueron Ramón Suárez Espinoza, de 50 años; su esposa, Haydée Miranda Salmerón, de 33; y los hijos de esta pareja, de 11 y 9 años.
Pese al elevado monto de la pena, el peón agrícola solo descontará 50 años, pues ese es plazo máximo de reclusión que permite la legislación nacional.
El tribunal a cargo del caso lo integraron los jueces Alexánder Salazar –quien presidió–, Edwin Reyes y Xinia Duarte.
Pruebas fundamentales. Al explicar las razones por las cuales se había calificado a Jairo Díaz como responsable de masacrar a la familia, el juez Reyes dijo que para llegar a esa determinación, resultó fundamental la declaración de la compañera sentimental del sentenciado.
Agregó que la mujer, quien fue amenazada por Díaz para que no dijera nada, declaró en juicio de manera “clara y transparente” ydetalló cómo fue que ocurrieron los hechos, pues el hombre se los había contado.
“Incluso dijo que usted llegó con la ropa llena de sangre, se la cambió y la depositó en un servicio de hueco”, aseveró el juez.
Asimismo, le hizo ver a Díaz que la autopsia que se le practicó a la niña de 9 años determinó que ella fue violada “cuando estaba agonizando” y que en su cuerpo se encontraron fluidos biológicos que –confirmó un examen de ADN– eran de Díaz.
Reyes agregó que la investigación del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) precisó las lesiones de las víctimas y el tipo de arma que se usó.
Regaño. Alexánder Salazar criticó las deficiencias encontradas en la acusación fiscal.
Esta situación, a la postre, obligó a los jueces a recalificar las faltas, pues la Fiscalía había acusado a Díaz de cuatro delitos de homicidio calificado.
El juez dijo que al analizar cada uno de los hechos, no les quedó otra opción que imponer el máximo de la pena que establece la legislación.
El juez hizo especial énfasis en la muerte de la niña de 9 años. “Se quedan cortas la palabras con la violación de la niña. No podríamos encontrar una víctimas más vulnerable.
”Estamos hablando de una niña que pesaba solo 35 kilos y a pesar de que el acusado se enfrentaba a una víctima así, indefensa, fue un poco más allá, al reducirla a la completa indefensión, a la hora de amarrarla, a la hora de vendarla, a la hora de amordazarla y proceder bestialmente a tratarla”, afirmó.
Salazar manifestó que el comportamiento posterior del acusado es también cuestionable, pues procuródeshacersede las ropas ensangrentadas y amenazó a su compañera.
“El imputado actuó injustificadamente de una formavil, de una manera bestial. Es una persona que tiene antecedentes por delitos de la misma naturaleza; es por esta razón que el tribunal considera que las penas máximas se quedan cortas en este caso. Consideramos que al encartado le falta un proceso de rehabilitación para volver a la sociedad, que si acaso se puede alcanzar con esos 50 años”, aseveró Salazar.