La Nacion (Costa Rica)

Sala IV prohíbe revivir la pesca de arrastre

→→dvierte a cúpula de sanciones legales si vuelve a contrariar la jurisprude­ncia

- Natasha Cambronero natasha.cambronero@nacion.com

La Sala Constituci­onal anuló el acuerdo de la Junta Directiva de Incopesca que revivía la pesca de arrastre de camarón en aguas costarrice­nses.

Por mayoría, los magistrado­s declararon con lugar dos recursos de amparo presentado­s contra esa directriz, emitida el 10 de noviembre del 2017.

El alto tribunal concluyó que las licencias de pesca de arrastre de camarón únicamente se pueden otorgar mediante una ley; es decir, el permiso debe salir de la Asamblea Legislativ­a. Eso, en consonanci­a con el fallo que emitió en agosto del 2013, donde resolvió que esa técnica causa un grave daño al ambiente pues en el arrastre no solo se capturan crustáceos, sino peces pequeños, pulpos, rayas, anguilas, cangrejos y más, que son desechados; esto es, se pierden.

Con la decisión, los jueces de la Sala IV se trajeron abajo la interpreta­ción que hizo el gobierno de Luis Guillermo Solís de la resolución constituci­onal de hace cinco años, según la cual Incopesca sí tiene herramient­as legales para otorgar nuevos permisos, sin necesidad de pasar por el Congreso.

Advertidos. En el fallo de este viernes, la Sala avisó a la cúpula del Instituto Costarrice­nse de Pesca y Acuicultur­a (Incopesca) que si vuelven a contrariar la jurisprude­ncia, podrían enfrentar procesos legales.

“Se advierte a Gustavo Meneses Castro, en su condición de presidente ejecutivo de Incopesca, así como a los miembros de la Junta Directiva de dicho ente, que deberán abstenerse de realizar nuevamente los hechos que dieron lugar a esta declarator­ia, con la advertenci­a de incurrir en el delito previsto por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicci­ón Constituci­onal, en caso de no hacerlo”, dice el fallo.

Al mismo tiempo, el tribunal ordenó a Incopesca elaborarun plan de asistencia socioeconó­mica para las personas que dependen de la pesca de arrastre, “sin poder autorizar –en ausencia de ley–, nuevas modalidade­s” de esa técnica.

La Sala Constituci­onal, ade-

más, condenó al Instituto “al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionado­s con los hechos que sirven de base a esta declarator­ia, los que se liquidarán­en ejecución de sentencia de lo contencios­o-administra­tivo”.

El candidato del oficialist­a Partido Acción Ciudadana (PAC), Carlos Alvarado, fue uno de los que cuestionó ese acuerdo de Incopesca, e incluso presentó una coadyuvanc­ia a los recursos de amparo, que, este viernes, la Sala IV acogió.

“Recibo con entusiasmo la noticia de que hace unos minutos la Sala Constituci­onal declaró con lugar el recurso, dejando sin efecto el acuerdo de Incopesca”, escribió en Twitter.

Votos. Los recursos fueron declarados con lugar por los magistrado­s Ernesto Jinesta (presidente), Fernando Cruz, Paul Rueda, NancyHerná­ndez, Luis Fernando Salazar y José Paulino Hernández. Votó en contra el juez Fernando Castillo, quien declaró sin lugar el recurso en todos sus extremos.

Este tribunal también cuestionó que, en casi cinco años, la Asamblea Legislativ­a no haya aprobado la ley que regule la pesca de arrastre.

Entre las considerac­iones que en el 2013 dispuso la Sala Constituci­onal para prohibir la entrega de nuevas licencias, está que “provoca serios daños al ambiente marino, debido a la cantidad de fauna marina que incidental­mente es capturada pero no es utilizada (...)”.

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PABLO MONTIEL Los magistrado­s declararon inconstitu­cional la pesca de arrastre porque solo los diputados pueden dar los permisos y porque considera que esta técnica acaba con otras especies marinas, diferentes al camarón, como peces pequeños y pulpos, que luego son...
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