109 personas ‘hacen fila’ en el TSE por cambio de género
→ Siete parejas del mismo sexo también solicitaron inscribir matrimonios
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) aún no resuelve cómo procederá para acatar la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), pero ya tiene una lista de espera.
Un total de 109 personas presentaron solicitudes para la validación de su identidad de género y nombre en sus cédulas, mientras que siete parejas del mismo sexo plantearon la inscripción de sus matrimonios ante el Registro Civil, y una más gestiona registrar su unión de hecho.
El resultado de las gestiones dependerá de una comisión integrada por un letrado y el asesor legal del TSE, así como el oficial mayor civil y la jefa de Inscripciones –ambos del Registro Civil–.
Este grupo se conformó luego de que el Tribunal fuera notificado por el Gobierno sobre el criterio de la Corte IDH emitido el 9 de enero, en el cual ordena al país reconocer los derechos a la comunidad LGTBI (lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexo).
La comisión debe proponer a los magistrados las medidas necesarias para acatar el fallo, como cambios en protocolos, procedimientos, reglamentos o nueva legislación. También podrían considerar que conviene esperar el pronunciamiento de otros entes.
El vocero del TSE, Gustavo Román, aseguró que dichas recomendaciones serían emitidas una vez que se complete el proceso electoral, el cual concluiría el 13 de abril, con la entrega de credenciales a los nuevos diputados y al presidente electo.
De acuerdo con Román, a la comisión no se le impuso una fecha de entrega, pero se indicó que la resolución se daría al fiprogramas nalizar dicho proceso.
Además del TSE, la Cancillería también envió para revisión la opinión consultiva a la Dirección Jurídica del Poder Judicial, con el fin de que se elabore un informe a la Corte Plena.
Hasta no contarse con dichos criterios, el Consejo Superior Notarial les prohibió a sus agremiados realizar matrimonios entre parejas del mismo sexo. La orden. La opinión de la Corte IDH respondió a una consulta enviada hace dos años por la vicepresidenta de la República, Ana Helena Chacón.
En su contestación, la Corte ordenó a Costa Rica y a los 20 Estados que reconocen su competencia contenciosa, garantizarles a las parejas del mismo sexo todos los derechos existentes en la legislación, incluido el derecho
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al matrimonio, sin discriminación alguna frente a las parejas heterosexuales.
Entre esos derechos también se incluye que las personas cambien su nombre en los registros oficiales del Estado, según “la identidad de género autopercibida”.
Los altos jueces determinaron que el Estado debe garantizar un trámite expedito para que las personas que deseen corregir “la anotación del género” lo hagan enfocadas en la adecuación integral de la identidad de género autopercibida.
El proceso debe estar basado en el consentimiento libre e informado del solicitante, sin que se exijan requisitos como certificaciones médicas o psicológicas, y debe ser confidencial.
Además, no debe quedar constancia en los registros oficiales de que una persona modificó sus documentos a partir de su identidad de género.
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