Dos ideas para tapar el hueco fiscal
Dos de los principales componentes del gasto público son las remuneraciones y las transferencias corrientes (instituciones descentralizadas, órganos desconcentrados, etc.). Con el afán de contribuir a la discusión sobre el recorte a los egresos, me referiré a ejemplos puntuales de transferencias y contribuciones patronales (remuneraciones) donde es posible hacer reformas.
Transferencias corrientes a instituciones descentralizadas.
En 1994, la Ley n.° 7386 repartió ¢650 millones, tomados del impuesto sobre la renta, entre las tres universidades públicas (¢260 millones a la UCR y la UNA y ¢130 millones al TEC) y a su vez estableció que dichos montos “constituirán rentas propias e independientes de cada institución” y que en lo sucesivo se actualizarían anualmente según el índice de inflación.
Posteriormente, en el 2005, se agregó la Universidad Estatal a Distancia (UNED) equiparando la dotación económica a la UCR y a la UNA; y, por si fuera poco, en el 2013, se reformó nuevamente el artículo 3 y se equiparó el monto del TEC a las otras tres.
En ambos proyectos se alegaba que existía una “desigualdad” en cuanto al giro de las rentas que debía ser subsanado.
Es así como lo que se inició con una transferencia de ¢650 millones a las universidades en 1994, representa hoy un egreso de ¢8.400 millones (¢2.100 millones a cada universidad).
Nótese que este monto es adicional a los ¢496.000 millones del Fondo Especial para la Educación Superior (FEES).
Si consideramos injusto tratar igual a los desiguales, no se comprende bajo qué lógica se le transfiere el mismo monto a cada una de las universidades, si existen diferencias sustanciales entre ellas en el número de estudiantes, sedes, docentes, publicaciones e investigaciones.
A raíz de la delicada situación fiscal, propongo establecer un giro de ¢2.100 millones para las cuatro universidades y que se distribuya de acuerdo con los porcentajes del FEES. Dicha modificación generaría un ahorro de ¢6.300 millones.
Aporte patronal al Banco Popular. El inciso a) del artículo 5 de la Ley 4351 establece la obligatoriedad del aporte patronal (públicos y privados) de un 0,5 % mensual sobre las remuneraciones al llamado Fondo de Trabajo del Banco Popular.
De este monto, el 50 % se traslada al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) y el restante 50 % a incrementar el patrimonio del Banco. De acuerdo con sus estados financieros al 2017, el Banco posee un patrimonio total de ¢649.000 millones (el más alto de todo el sistema bancario nacional), del cual el aporte patronal representa un 25 %. Tan solo en el 2017, dicha aportación representó ¢25.000 millones.
Es entendible que en sus inicios se justificara dicha contribución con el fin de incrementar el patrimonio del banco para el cumplimiento de los fines establecidos; sin embargo, la situación hoy es diferente, el Banco Popular es el tercero más grande del país, según activos, y el cuarto, según utilidades. No parece razonable que se continúe manteniendo el aporte bajo la óptica de un mercado en competencia.
Por lo anterior, propongo reducir el aporte patronal al 0,25 % y establecer que el 100 % se traslade al ROPC, de esta manera el monto de nuestra pensión no se vería afectado y se eliminaría el fondeo gratuito que se
Transferencias a las universidades y el aporte al Banco Popular pueden recortarse
le otorga al Banco.
Lo anterior representaría, para el Gobierno Central, un ahorro de ¢5.200 millones y un enorme impacto para el sector privado y demás instituciones públicas.
Estoy consciente de que mi iniciativa recibirá objeciones por su “limitado” impacto en el gasto total; a fin de cuentas, es mejor desacreditar a priori cualquier intento de recorte bajo excusa de que el monto es inmaterial que enfrentarse a los sectores afectados.
Sin embargo, la tarea debe comenzar por alguna parte; pretender encontrar mágicamente una partida “significativa” de, digamos, ¢175.000 millones (0,5 % del PIB) que pueda eliminarse y que todos los involucrados estén de acuerdo, es utópico. ■