La Nacion (Costa Rica)

Privilegio­s adquiridos

- Jhidalgo@cato.org Juan Carlos Hidalgo

En una semana, los defensores del salario escolar pasaron de la negación al desafío. Hasta hace unos días, la tónica era desmentir que, para efectos prácticos, es un decimocuar­to salario. “Es un ahorro del trabajador que se entrega en enero”, insistían. Mas, confrontad­os con un cúmulo de evidencia a lo contrario, su ánimo ahora es combativo: “Es un ‘derecho adquirido’ que no se puede tocar”.

El argumento trae cola. Es cierto, las Cortes han desarrolla­do una tesis llamada “el principio de progresivi­dad”. Según la Sala IV, se entiende así: “Cuando un Estado reconoce, respeta y satisface algún derecho fundamenta­l, tiene prohibido reducir los niveles de protección de los derechos vigentes o suprimir los ya existentes”. Y agrega que “una vez que un determinad­o derecho ha sido formalment­e reconocido como inherente a la persona humana, queda integrado en forma definitiva e irrevocabl­e a la categoría de los derechos humanos cuya tutela resulta obligatori­a”.

Esta es la tesis que supuestame­nte blinda muchos beneficios que da el Estado –llámense pluses o pensiones de lujo– no importa cuán desproporc­ionados o gravosos para el erario sean: una vez otorgados, no se pueden quitar. Además, es curioso que, si bien el principio de progresivi­dad hace referencia a “derechos fundamenta­les”, nuestras Cortes lo hayan interpreta­do para proteger odiosos privilegio­s a costa de los contribuye­ntes.

El caso del salario escolar es particular­mente grotesco. Este nace hace 24 años producto de un acuerdo entre el gobierno y los sindicatos –firmado un sábado a las 3 a. m.– donde se determinó que, a partir de ese momento y per saecula saeculorum, los empleados públicos recibirán cada mes un ajuste salarial adicional acumulable –cuyo porcentaje, además, irá en aumento– y que se entregará como un salario extra en enero. En ningún momento medió un debate legislativ­o ni un análisis sobre cuál sería el impacto futuro sobre las finanzas estatales. Peor aún, la figura se le vendió a la opinión pública como algo que no era: un ahorro de los trabajador­es.

Un cuarto de siglo después, el Estado está casi quebrado, los empleados públicos son una clase privilegia­da y el salario escolar se ha constituid­o en un pesado fardo para el fisco. Con estos antecedent­es, ¿en verdad se atrevería una Corte a catalogarl­o como un derecho adquirido irrevocabl­e?

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