Convenciones
El presidente, Carlos Alvarado, ordenó renegociar todas las convenciones colectivas del sector público. Hasta ahora, la norma ha sido la perpetuidad de los beneficios, salvo las enmiendas para ampliarlos. Así llegamos a tener privilegios inauditos, escritos en piedra y siempre en espera de crecer.
Los procesos de negociación han sido como el cuento del tigre suelto contra el burro amarrado. Por los empleados públicos comparecen sus representantes, también beneficiarios de los acuerdos. Son parte interesada y entran dispuestos a dar la pelea con férrea determinación. En contraste, la voluntad de las instituciones se expresa por boca de burócratas y políticos temporalmente asignados a cargos de dirección. A menudo, la prioridad es quedar bien con los beneficiarios de la convención colectiva o evitar perturbaciones. Llegan a la mesa con la intención de ceder hasta donde sea posible, sin causar la ruina. La meta no es la rentabilidad, sino la supervivencia.
A esa disparidad se suma la renegociación a partir del documento vigente, cuyos beneficios se transforman en un mínimo, sin importar la cambiante realidad del mercado o la salud de la empresa. Así se explican los extraordinarios privilegios hasta hace poco vigentes en Bancrédito. El Banco está en agonía y la crónica de su muerte comenzó a escribirse hace años. Sin embargo, la convención colectiva dispuso, hasta la semana pasada, el pago de 20 años de cesantía, aun para quienes renuncien. La Sala Constitucional dejó sin efecto el privilegio, por desproporcionado e irracional. Lo mismo hizo con varios beneficios más, incluidas actividades deportivas y sociales por cuenta de la institución, cuyo fracaso es tan oneroso como para distinguirse claramente entre los componentes del déficit fiscal.
Al resolver el caso de Bancrédito, los magistrados señalaron implícitamente el destino de beneficios similares en una pléyade de instituciones. Esos privilegios tampoco podrán ser materia de discusión en las renegociaciones ordenadas por el presidente. Según la Sala, los criterios de racionalidad y proporcionalidad aplicables al manejo de recursos públicos sufrieron lesión cuando las convenciones colectivas superaron en más del 50 % la indemnización prevista por ley para el despido injustificado. Por eso, el límite del beneficio es ahora de doce salarios. La minoría beneficiada conserva una importante ventaja sobre la inmensa mayoría de trabajadores. No obstante, la sentencia es un avance importante.
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