TSE: alcalde de Paraíso debió apartarse de plebiscito
El alcalde de Paraíso, Marvin Solano, debió separarse de todos los procesos relacionados con la consulta popular en la que los vecinos del cantón decidieron su futuro en el cargo.
Los paraiseños participaron, el 20 de mayo, de un plebiscito el cual tenía como fin la destitución del alcalde; sin embargo, no votaron suficientes lugareños y este se quedó en el puesto.
Empero, según una resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), Solano estaba obligado, en razón de su cargo, a cumplir con su deber de objetividad e imparcialidad y por ello debió “apartarse, desde el primer momento, del conocimiento, dirección y supervisión (...) de todos aquellos procedimientos relacionados con la celebración del plebiscito revocatorio de mandato.
Esta posición de los magistrados consta en el fallo 3435-E1-2018 del 11 de junio pasado y que responde a un amparo electoral interpuesto por la regidora Xiomara Sánchez Meza, coordinadora de la Comisión Municipal Especial, organizadora de la consulta.
Ella recurrió al alcalde desde el 23 de abril, casi un mes antes de abrir las urnas, pues lo acusó de atrasar “los procesos de contratación de los bienes y los servicios necesarios para llevar a cabo la referida consulta popular”, entre ellos, la elaboración de material informativo para los ciudadanos.
El TSE consideró que el atraso en la preparación y entrega de estos volantes constituyó “una situación grave, suscitada, en gran medida, por las dilaciones en que incurrió la persona encargada del Departamento de Proveeduría de esa Municipalidad, quien, valga señalar, depende jerárquicamente del recurrido”.
El Tribunal consideró parcialmente con lugar el recurso electoral y condenó a la Municipalidad al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos.
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