Cobro de ¢150.000 al Estado desata largo proceso
→En 2013, el MOPT fue condenado por tardar en la entrega de información pública →Procuraduría General de la República se opone al pago y elevó el caso a la Sala I
Un cobro de ¢150.000 al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), por atrasarse en el suministro de información pública, generó un largo y costoso proceso judicial, que ya lleva cuatro años y siete meses en tres diferentes despachos judiciales y aún no se resuelve.
El asunto surgió en diciembre del 2013, cuando la abogada Marielos Arias Chacón solicitó datos sobre las fincas expropiadas por el MOPT para la ampliación de la carretera San José-San Ramón.
La entidad no respondió la petitoria en el plazo establecido por ley (diez días hábiles) y la interesada entonces presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional para solicitarle a los magistrados que ordenaran al MOPT el suministro de los datos.
La Sala IV acogió la gestión y ordenó al MOPT, en enero del 2014, que facilitara la información solicitada, al tiempo que condenó al Estado a pagar costas, daños y perjuicios ocasionados a la demandante.
Ese mismo año, en la ejecución de sentencia que Arias presentó ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, ella cobró ¢150.000 por costas en que incurrió por la contratación de un abogado.
Tres años después, el 23 de agosto del 2017, el Juzgado Contencioso confirmó que el Estado debía asumir el pago solicitado, más los intereses.
Sin embargo, la Procuraduría General de la República se opuso desde un inicio a que el pago se hiciera en ejecución de sentencia y, en marzo de este año, impugnó la orden de pagar ante la Sala Primera de la Corte. Así lo confirmó la procuradora general adjunta, Magda Inés Rojas Chaves.
Este caso lleva cuatro años y siete meses en tribunales, primero en la Sala IV, luego en el Juzgado Contencioso y ahora en la Sala Primera de la Corte.
En el informe del Estado de la Justicia del 2017, se detalla que el costo promedio de un proceso judicial en San José era de poco más de ¢1.000.000 para el 2015. Este caso podría significar para el Poder Judicial un costo de más de ¢4 millones.
Atraso del MOPT. Marielos Arias, abogada de 68 años y vecina de Tibás, explicó que desde hace varios años se interesa por temas de bienestar comunal y corrupción, por lo cual con frecuencia solicita información pública a las entidades estatales.
Detalló que el 3 de diciembre del 2013 hizo una gestión ante el Ministerio de Transportes para que se le suministrara el dato sobre cuáles eran las fincas que habían sido expropiadas para la ampliación de la vía San José- San Ramón.
Eso ocurrió poco después de que la entonces presidenta, Laura Chinchilla (2010-2014), cancelara el contrato de concesión con la firma brasileña OAS para la reparación y ampliación de dicha carretera, ante el malestar ciudadano por el alto costo que iban a tener los peajes. “Desde hace años, por mi labor comunal, estoy interesada en temas que atañen a la ciudadanía y he visto que en muchas ocasiones se expropian terrenos, se pagan, y con el paso de los años, como el proyecto no se hizo, se vuelven a expropiar. Eso era lo que quería saber”, explicó Arias. Transcurridos los diez días hábiles y sin una respuesta del MOPT, Arias presentó el amparo. Un mes después, la Sala IV le dio la razón y ordenó al MOPT, que además de buscar la información y tenerla lista, debía comunicarla a la interesada.
En el fallo, como generalmente ocurre, los magistrados condenaron al Estado al pago de
las costas y el daño y perjuicio por el atraso en suministrar lo solicitado por Arias.
La abogada tibaseña obvió reclamar daños y demandó el reconocimiento de ¢150.000 por las costos o gastos de abogado.
“Yo lo cobró para que tomen conciencia de que son datos públicos para ver si algún día aprenden a que tienen que dar la información. La Sala IV debería condenar al funcionario para que lo tenga que pagar de su propio bolsillo; así, tal vez, los ciudadanos tengamos una pronta respuesta”, argumentó la demandante.
La mujer dijo que había planteado a la Procuraduría llegar a una arreglo para finalizar el proceso, pero no aceptaron la propuesta.
La jueza contenciosa Ana Katarina Apú Hidalgo en la sentencia número 1555-2017, en la cual se condenó al Estado a reconocer el pago de los ¢150.000, precisó: “Es la suma mínima a conceder por concepto de honorarios de abogado de un recurso de amparo”.
Oposición estatal.
La procuradora Rojas manifestó que la oposición a pagar los ¢150.000 es porque esa fijación se hace en ejecución de sentencia, que es una instancia en la cual no procede ejecutar el cobro y, por esa razón, se llevó el caso a casación.
“Las costas del recurso de amparo no se están cuestionando en el proceso, lo que se está cuestionando es el objeto de la resolución del Juzgado (condena al MOPT al pago de costas en ejecución de sentencia) para que se ajuste a lo dispuesto por la Sala Primera en otras ocasiones”, puntualizó.
La procuradora admitió que la suma reclamada es baja y quizás el proceso judicial sea más costoso que el pago de los ¢150.000.
Al respecto agregó: “En estos casos, la Procuraduría representa al Estado. Nosotros no podemos ordenarle a la administración un pago si ese pago no ha sido determinado a su vez en una sentencia firme”.
Rojas también dijo que en este tipo de asuntos tampoco pueden participar en una conciliación en vía administrativa, como lo sugirió Marielos Arias.
“En ausencia de sentencia que le ordene a determinada institución pagar, la Procuraduría no puede ordenar pagar, no tiene competencia y por ende no podemos llegar a conciliaciones en vía administrativa”, afirmó la procuradora adjunta.
“YO LO COBRO PARA QUE TOMEN CONCIENCIA DE QUE SON DATOS PÚBLICOS PARA VER SI ALGÚN DÍA APRENDEN A QUE TIENEN QUE DAR LA INFORMACIÓN. LA SALA IV DEBERÍA CONDENAR AL FUNCIONARIO PARA QUE LO TENGA QUE PAGAR DE SU PROPIO BOLSILLO.
Marielos Arias
Abogada demandante
“LAS COSTAS DEL RECURSO DE AMPARO NO SE ESTÁN CUESTIONANDO; LO QUE SE ESTÁ CUESTIONANDO ES EL OBJETO DE LA RESOLUCIÓN DEL JUZGADO (CONDENA AL PAGO DE COSTAS) PARA QUE SE AJUSTE A LO DISPUESTO POR LA SALA PRIMERA EN OTRAS OCASIONES.
Magda Inés Rojas
Procuradora adjunta