CNFL se quedó sin permiso para dar luz a 561.000 clientes
→ Firma dice que en 2008 se prorrogó su vigencia por 99 años: hasta el 2107
“(...) LA VIGENCIA DE LA CNFL ES HASTA EL AÑO 2107 Y SE ENCUENTRA SUSTENTADA EN LA LEY, RESOLUCIONES Y OPINIONES JURÍDICAS DE DIFERENTES ÓRGANOS FISCALIZADORES Y REGULADORES . AFIRMAMOS QUE LA CNFL CONTINUARÁ ’ ’ BRINDANDO EL SER VICIO CON CALIDAD .
CNFL Boletín
Desde el 1.° de julio, la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL) se quedó sin la autorización legal para brindar los servicios eléctricos a sus 561.000 abonados.
La razón es que su ley de creación, del 8 de abril de 1941, estableció en su artículo 36 que el contrato eléctrico y las concesiones de la empresa tendrían una vigencia de 25 años más a partir del 1.° de julio de 1968. Luego de esa fecha, se considerarán automáticamente prorrogadas por otros 25 años.
Ese último plazo se venció en julio de este año.
Esa advertencia la hizo la Procuraduría General de la República, desde marzo de 2014, mediante la opinión jurídica OJ-036-2014, en la cual señalaba que el contrato eléctrico y las concesiones habían cumplido su plazo en 1993 “y debido a la prórroga automática por 25 años más, este periodo se encuentra próximo a vencer en el año 2018”.
La Procuraduría aclaró; sin embargo, que como sociedad, la CNFL tiene una vigencia de 99 años, tal y como se deriva del artículo 54 de la Ley N° 8.660 del 13 de agosto del 2008.
Según la CNFL, su vigencia “como una unidad indivisible (empresa y contrato eléctrico) fue prorrogada mediante el artículo 54 de la Ley 8.660 (Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones del 2008) por 99 años”.
“(...) la vigencia de la CNFL es hasta el año 2107 y se encuentra sustentada en la Ley, resoluciones y opiniones jurídicas de diferentes órganos fiscalizadores y reguladores de la empresa”, dijo la firma en un comunicado.
Y agrega: “La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) dio la razón sobre la vigencia por 99 años más a la CNFL en la resolución número RJD-146-2017 de junio del año 2017”.
La Compañía es una subsidiaria del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), que provee la electricidad al 32% (561.000 abonados) de los 1,7 millones de servicios que existen en Costa Rica. El ICE suministra un 44% (778.000 clientes), de manera que entre ambos, atienden a 76% del país.
Iniciativa lo subsanaría. De acuerdo con Jonathan Prendas, diputado de Restauración Nacional, de mantenerse la ilegalidad, pondría “en serios problemas” la operación de la CNFL y, potencialmente, perjudicar a miles de abonados de la empresa. La situación ocurre, aun y cuando, desde años atrás se presentó un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa para modificar esos plazos.
Esa iniciativa, que ingresó en el 2013, se tramitó bajo el expediente 18.920. Su intención era, de manera anticipada, ampliar la vigencia de las concesiones, los derechos y las obligaciones de la CNFL derivadas de su contrato eléctrico.
Además, proponía que esas actividades comerciales de la CNFL tengan el mismo plazo de 99 años que concede a la CNFL la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector Telecomunicaciones, del 13 de agosto del 2008.
Prendas recordó que a partir de la entrada en vigencia de esa norma del 2008, esta legislación no indica expresamente que se amplíe a la CNFL el plazo del contrato o la concesión para otorgar servicios; tampoco modifica o deroga disposiciones de la Ley de 1941.
“Una cosa es la sociedad bajo la cual existe la CNFL y otra muy distinta es la concesión requerida para operar”, dijo el congresista.
Para él, la CNFL solo puede superar la situación si se aprueba el proyecto propuesto.
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