La Nacion (Costa Rica)

Procuradur­ía objeta dar cesantía por renuncia

- Rebeca Madrigal rebeca.madrigal@nacion.com

La Procuradur­ía General de la República cuestiona que el Instituto Nacional de Seguros (INS) mantenga el pago de cesantía en caso de renuncias, pese a que la Sala Constituci­onal ya le había advertido que era improceden­te.

El alto tribunal se pronunció sobre este beneficio en el 2006 y el 2008.

“Llama la atención que, a pesar de la existencia de las resolucion­es indicadas, se haya pactado nuevamente en el INS el pago de cesantía por renuncia, y que esa cláusula se mantenga vigente”, señaló la Procuradur­ía en un informe enviado a la Sala IV, en respuesta a una acción de inconstitu­cional contra este pago.

En la sentencia del 2006, el alto tribunal declaró inconstitu­cional la indemnizac­ión para empleados despedidos sin responsabi­lidad patronal.

Y aunque los magistrado­s no eliminaron en aquella ocasión el pago de cesantía por renuncia, en las considerac­iones sí mencionan la improceden­cia de ese beneficio.

“La indemnizac­ión está prevista para los casos de despido sin justa causa, pues es una consecuenc­ia lógica del rompimient­o del contrato de trabajo por decisión unilateral del patrono En aquellos casos donde el rompimient­o del contrato de trabajo obedece a una causa imputable al trabajador, no se justifica el pago del auxilio de cesantía, pues no existe una causa que lo legitime”, se lee en la sentencia 17437-2006.

Elian Villegas, presidente ejecutivo del INS, alegó que el Instituto tiene un régimen salarial distinto al del resto del sector público por tratarse de una empresa en competenci­a que requiere compensaci­ones como esa para retener el talento.

En los últimos meses, la entidad ha pagado ¢36 millones a cada empleado que renuncia.

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