CNP pide rebajar salarios a quienes fueron a huelga
→ Juezas declaran ilegales paros en JPS y Banco Central, con lo cual cifra sube a 6
El presidente ejecutivo del Consejo Nacional de Producción (CNP), Rogis Bermúdez, pidió este miércoles al departamento de Recursos Humanos la rebaja de los salarios de los empleados que participaron en la huelga contra la reforma fiscal.
“En observancia a nuestra obligación de velar por la sana administración de los fondos públicos que le son confiados para tales fines, solicito se proceda a aplicar oportunamente las reducciones salariales, que en derecho correspondan, a los funcionarios del CNP que participaron del movimiento de huelga hasta el dictado de la sentencia sub examine (bajo estudio)” , indicó Bermúdez en la carta dirigida al director de Recursos Humanos, Boris Fletcher.
El funcionario realizó la solicitud después de que, el viernes anterior, el Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declarara la ilegalidad del movimiento.
Las rebajas salariales se aplicarían hasta que la sentencia quede en firme, por lo que la gestión de la Presidencia Ejecutiva es un trámite preliminar, explicó Bermúdez.
Para que sea efectiva la declaratoria, el Juzgado debe revisar las apelaciones de los sindicatos, que tienen tres días para presentarlas después de notificado el fallo.
En el CNP trabajan 518 funcionarios, de los cuales 78 se unieron a la huelga el 12 de setiembre, un 15% del total de planilla. Después de esa fecha, solo participó un funcionario.
Esta fue la primera de seis instituciones en las que se declaró ilegal la huelga. Le siguieron el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah), la Comisión Nacional de Emergencias (CNE) y la Municipalidad de Santa Ana.
Otras declaratorias. Este miércoles el Juzgado de Trabajo de San José declaró ilegales las huelgas de empleados del Banco Central de Costa Rica (BCCR) y de la Junta de Protección Social de San José (JPS), por el incumplimiento de requisitos, entre ellos la participación mínima de funcionarios y la realipación zación de una asamblea sindical donde se aprobara la decisión de suspender labores.
En el caso del BCCR, en criterio de la jueza Edith Núñez Briceño, del Primer Circuito Judicial de San José, se trata de una huelga no tipificada en la ley, lo cual considera también requisito indispensable. La sentencia 2001-2018 establece que, de los 1.273 empleados del BCCR y sus órganos desconcentrados, solamente 73 están afiliados a la seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP). Sin embargo, ellos no hicieron la asamblea donde se debía votar la decisión de ir a huelga o no.
En la resolución se explica que, durante la inspección realizada para determinar si el movimiento huelguístico contra la reforma fiscal tenía la partici- mínima, el 20 de setiembre, también se determinó que la mayoría de los empleados del BCCR estaban en labores.
En la JPS. Por su parte, la jueza Siany Barboza, del Primer Circuito Judicial de San José, declaró la ilegalidad del movimiento de huelga promovido por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) y la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) en la Junta de Protección Social (JPS).
La sentencia N.° 2018-1557, emitida ayer, condena solidariamente a la ANEP y a la UNT al pago de las costas por un monto de ¢1 millón. Barboza argumentó que dentro del proceso no quedó acreditado que el movimiento huelguístico alcanzara el porcentaje mínimo de apoyo requerido para ser legal; ni fue aportada el acta de la asamblea del sindicato o sindicatos respectivos donde se apruebe ausentarse de labores.
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