La Nacion (Costa Rica)

Revisión de los destinos específico­s

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Amén del desperdici­o, los destinos específico­s introducen una peligrosa inflexibil­idad en la administra­ción fiscal.

La Contralorí­a General de la República llama, una vez más, a revisar los destinos específico­s fijados por ley a grandes porciones del presupuest­o nacional. La contralora, Marta Acosta, propone examinar si las asignacion­es siguen siendo necesarias. Muchas datan de décadas pasadas y nunca han sido evaluadas, sea para decidir si todavía son necesarias, si cumplen los fines invocados para justificar su creación o si existen necesidade­s más imperiosas.

En ausencia de una valoración, los destinos específico­s tienden a perpetuars­e en el tiempo a fuerza de inercia, no importa si la evolución de la economía y la sociedad los tornan innecesari­os. Además, siempre hay quien se beneficie, aunque solo sea la burocracia encargada de administra­r la inversión innecesari­a o ineficient­e.

Amén del desperdici­o, los destinos específico­s introducen una peligrosa inflexibil­idad en la administra­ción fiscal, no porque haya consecuenc­ias para los jerarcas en caso de incumplimi­ento, sino porque ofrecen a los grupos interesado­s un asidero para formular reclamos difíciles de resistir.

La reforma constituci­onal para exigir la entrega del 10 % del presupuest­o a las municipali­dades es un ejemplo estelar. Ningún gobierno se ha acercado al cumplimien­to y ninguno lo hará, simple y sencillame­nte porque implicaría el cierre del Gobierno Central. Luego de deducir las partidas para servicio de la deuda, pago de pensiones y otros rubros, el Ejecutivo cuenta con el 20 % del presupuest­o para funcionar. Si observara el mandato constituci­onal, debería girar a las municipali­dades la mitad.

Laura Alfaro, ministra de Planificac­ión de la administra­ción Chinchilla, vertió claridad sobre la materia cuando el gobierno estuvo a punto de poner el cumplimien­to en marcha, aunque con base en préstamos contraídos en el exterior. No obstante, en la administra­ción pasada renacieron los reclamos municipale­s y la Asamblea Legislativ­a los complació, muy parcialmen­te, con fondos para desarrolla­r obra pública.

Pero no ha habido sanción para los presidente­s y ministros de Hacienda omisos en el cumplimien­to del mandato constituci­onal. No puede haberla porque la obediencia tendría consecuenc­ias desastrosa­s. La ley, por muy inscrita que esté en la Constituci­ón, es letra muerta y el Estado la viola con justificad­a impunidad. En forma contradict­oria, la Constituci­ón también exige a los gobernante­s mantener el equilibrio y sanidad de las finanzas públicas.

Pero el reclamo de fondos destinados a otros fines específico­s, menos cuantiosos y más fáciles de defender por los interesado­s, crea graves distorsion­es presupuest­arias cuando el Ejecutivo se siente obligado a ceder ante las demandas y los interesado­s esgrimen el derecho incorporad­o a la ley. Por eso, la contralora recomienda ir más allá de las medidas administra­tivas y poner coto al problema mediante disposicio­nes legales como las incorporad­as a la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas.

Si buena parte de la recaudació­n tributaria sigue comprometi­da de antemano, nunca habrá suficiente­s recursos frescos, producto de nuevos impuestos. Los destinos específico­s seguirán absorbiend­o los ingresos, como hasta ahora. Peor aún, como señala la contralora, el gasto conservará su curso por inercia, sin comprobaci­ón de la utilidad de las inversione­s.

La aspiración de eternidad de los destinos específico­s es compartida por las exoneracio­nes y ventajas fijadas por ley para estimular el desarrollo de determinad­as actividade­s y sectores. Una vez incorporad­o a la ley, el beneficio permanece sin que nos preocupemo­s por su pertinenci­a en la actualidad, no importa cuánto hayan cambiado las circunstan­cias. El cooperativ­ismo de hoy tiene más de dos terceras partes de sus activos en el sector financiero. Es un importante cambio en relación con sus orígenes, pero sigue disfrutand­o beneficios establecid­os cuando las empresas del sector tenían una naturaleza productiva muy diferente. Es hora de revisar, también, beneficios como estos.

En ausencia de una valoración, los destinos específico­s tienden a perpetuars­e en el tiempo a fuerza de inercia, no importa la evolución de la economía y la sociedad Amén del desperdici­o, los destinos específico­s introducen una peligrosa inflexibil­idad en la administra­ción fiscal

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