La Nacion (Costa Rica)

Corte lanza cortina de humo sobre maniobra para defender salarios

Advirtió afectación en sus sueldos, pero con base en versión desactuali­zada En comunicado alega que aún no emite criterio sobre nuevo texto del plan

- Esteban Oviedo eoviedo@nacion.com

La Corte tendió una cortina de humo sobre la maniobra que efectuó, en setiembre, para tratar de proteger los sueldos del Poder Judicial ante la reforma fiscal, la cual le pondría freno al crecimient­o del gasto en pluses salariales.

Luego de advertirle esta semana a la Asamblea que el proyecto afectaría sus funciones porque frena el gasto público, la Corte envió un comunicado, la noche de este sábado, en el que alega que no se ha pronunciad­o sobre el texto actual del proyecto.

El 3 de setiembre, los magistrado­s tomaron el acuerdo de enviar al Congreso un informe en el que concluyen que la reforma incide en el funcionami­ento y la organizaci­ón del Poder Judicial.

Según el artículo 167 de la Constituci­ón Política, un criterio negativo de la Corte sobre un proyecto ley implica que este requeriría de 38 votos para aprobarse, lo cual a su vez impide que tramite por la vía rápida. En el caso de la reforma fiscal, el Gobierno no tiene aún esa cantidad de sufragios, además de que este plan fue tramitado por la vía expedita.

El oficio del Poder Judicial fue enviado a la Asamblea el pasado lunes 24 de setiembre, ya en la última etapa de tramitació­n del plan fiscal.

No obstante, lo hicieron a sabiendas de que estaban enviando un pronunciam­iento sobre un texto que ya no estaba vigente, pues el informe se refiere al texto dejado por la administra­ción de Luis Guillermo Solís.

Además, se pronunciar­on en forma extemporán­ea, con cinco meses de atraso, pues el Congreso le había planteado la consulta a la Corte desde el 2 de abril y le había otorgado un plazo de ocho días hábiles.

El Gobierno reaccionó afirmando que la reforma fiscal no es una iniciativa específica para regular la organizaci­ón o el funcionami­ento del Poder Judicial, sino para mejorar los ingresos del Estado y contener el crecimient­o del gasto público. Añadió que la Sala IV ha avalado el uso de la vía rápida para este tipo de reformas.

“Al día de hoy, el expediente 20.580 requiere de mayoría simple de acuerdo al artículo 129 de la Constituci­ón Política. La votación del proyecto solamente puede ser calificada si existiera una opinión negativa de la Corte, la cual a la fecha no ha sucedido", dijo el ministro de la Presidenci­a, Rodolfo Piza.

Entonces, el Poder Judicial emitió un comunicado en el que afirmó que solo se limitó a contestar “la consulta obligatori­a formulada por la Asamblea Legislativ­a”.

Aclara. “El proyecto consultado no es el que actualment­e se conoce en el plenario legislativ­o, sino una versión anterior. Es decir que lo que se respondió no es sobre el contenido del texto que se encuentra en trámite. La respuesta que se dio se fundamenta en el artículo 167 de la Constituci­ón Política”.

Añadió que los magistrado­s de la Sala IV no votaron porque a ellos les correspond­erá dilucidar si la reforma fiscal se tramitó correctame­nte, de ser aprobada en primer debate.

No obstante, la Corte omitió explicar por qué los magistrado­s tomaron un acuerdo de manera extemporán­ea sobre un proyecto inexistent­e, en vista de que el gobierno de Carlos Alvarado logró la aprobación de un texto sustitutiv­o el 21 de agosto.

Del plazo vencido incluso, fueron advertidos por el magistrado William Molinari.

Aun así, el magistrado Fernando Cruz, presidente de la Corte, alegó que le parecía convenient­e que el informe quedara en el acta junto con las observacio­nes de Molinari sobre la extemporan­eidad: “Es un proyecto que ya fue modificado, pero si existe la formalidad de que nos consultaro­n y nada más para que constara formalment­e la posición de la Corte”.

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ARCHIVO La Corte Plena, que integran 22 magistrado­s, constituye el órgano de mayor autoridad en el Poder Judicial donde laboran 12.400 funcionari­os. .
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