Un derecho más para el contribuyente
Después de una rica discusión jurídica, el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda falló en octubre sobre un asunto que no pocos problemas (e injusticias) había causado a los contribuyentes.
El Tribunal declaró que existe libertad —derecho constitucional— de escoger a la persona que representará a la empresa o al individuo fiscalizados por Tributación.
Sustentándose en una posición formalista, el Tribunal Fiscal Administrativo rechazaba recursos de apelación que fueran suscritos por representantes que no fueran abogados, pues consideraba que únicamente a esos profesionales se les podía otorgar un poder especial administrativo.
Ello suponía, en no pocos casos, que luego de varios años de estar en trámite el recurso, el tribunal fiscal considerara inadmisible la gestión, sin entrar a conocer el fondo de la disputa y, particularmente grave, sin que se congelara el cómputo de intereses en perjuicio del contribuyente.
Sin embargo, y de manera para celebrar, el Tribunal Contencioso Administrativo recién se ha pronunciado sobre la improcedencia de esa interpretación y reconoce que no existe fundamento legal para restringir al contribuyente la escogencia de su representante en un procedimiento administrativo tributario.
Ahora, un abogado, un contador o por una persona que le merezca su más absoluta confianza puede encargarse de esta tarea.
La sentencia es trascendente no solo por lo ya expuesto, sino también porque, además, advierte a la administración que estos excesivos formalismos atentan contra el debido proceso, derecho igualmente de rango constitucional.
Compartimos esta resolución bajo el sincero convencimiento de que se trata de un progreso real, tangible y definitivo en el reconocimiento de los derechos fundamentales que están otorgados a los contribuyentes.
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Ahora no solo los abogados pueden representar a las empresas ante el fisco