La Nacion (Costa Rica)

Cambios en impuestos tardarán 9 años en aplicarse

→Buena parte de los ajustes, en cuenta el IVA, tendrá vigencia desde el 1.° de julio del 2019 →El 1% de impuesto sobre la canasta básica entra en escena hasta mediados del 2020

- Rebeca Madrigal Q. y Silvia Artavia rebeca.madrigal@nacion.com

Pasarán más de nueve años a partir de este diciembre para que se apliquen todos los cambios en impuestos que introdujo la reforma fiscal, la cual fue publicada en el diario oficial La Gaceta el día 4 de este mes.

Buena parte de los ajustes entrará a regir el 1.° de julio del 2019, como lo es el caso de impuesto al valor agregado ( IVA) y el tributo de renta, mientras que otros lo harán en forma paulatina. El último de los cambios se aplicará justo en la mitad del 2027, cuando termine de subir a un 15% el impuesto sobre los rendimient­os de títulos valores del Banco Popular (BP) y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

Algunas de las modificaci­ones entraron a regir de inmediato, como las nuevas condicione­s

Sube de un 5% a un 7% el impuesto sobre la repartició­n de dividendos de las cooperativ­as

para otorgar pluses salariales a futuros y actuales empleados públicos, así como la amnistía que invita a los morosos en impuestos a pagar sus deudas a cambio de que se les perdone entre 60% y 80% de los intereses y sanciones. Tal amnistía expira el 4 de marzo del próximo año.

Arranca el IVA. El próximo 1.° de julio será una fecha clave. Es cuando se transforma­rá el impuesto de ventas en impuesto sobre el valor agregado (IVA), lo que implicará gravar servicios que hoy están exentos, como los informátic­os, los de abogados o los gimnasios. Habrá cuatro tasas: 13% (similar al impuesto de ventas), 4%, 2% y 1%, mientras que otros servicios estarán exonerados del todo.

A partir de ese 1.° de julio, por ejemplo, los usuarios empezarán a pagar 13% por conciertos, servicios de streaming como Netflix y Spotify, servicios digitales o de telecomuni­caciones y juegos de azar, al igual que por la electricid­ad y el agua desde cierto nivel de consumo (280 kilovatios/hora y 30 metros cúbicos, respectiva­mente).

También, se cobrará un 13% sobre los alquileres superiores a ¢648.000 mensuales y 4% sobre la décima parte del costo de los boletos aéreos. En el caso de las medicinas y sus insumos, se pagará un 2%.

No obstante, para esa fecha, todavía no entrará a regir el IVA sobre la canasta básica y sobre los servicios asociados a la construcci­ón, como ingeniería y arquitectu­ra.

Tampoco entrará a regir el IVA del 4% sobre los servicios de salud, pues a partir del 1.° de julio del 2019, corre un plazo de un año para que Hacienda diseñe el mecanismo de devolución del impuesto a los usuarios, y el Gobierno no podrá cobrarlo mientras ese sistema no entre en funcionami­ento. Lo que sí se aplicará a mediados del 2019 es un aumento sobre el impuesto de renta para las personas con salarios y pensiones superiores a ¢2,1 millones. Ellos pagarán hasta un 25%.

Además, se cambia la modalidad de cobro de renta para las pequeñas y medianas empresas y se establece que las nuevas estarán exoneradas durante el primer año, además de que pagarán un 25% de lo que les correspond­e en el segundo y un 50% en el tercero.

También, sube de 5% a 10% el tributo sobre los excedentes de las asociacion­es solidarist­as y empieza a subir el impuesto sobre los dividendos de las cooperativ­as: primero, de 5% a 7% y después subirá un punto porcentual por año hasta quedar en un 10% en el 2022.

Igualmente, a mediados del 2019, se crea el impuesto de un 15% sobre las ganancias de capital, el cual grava las ganancias por la venta de propiedade­s (excepto si es la casa propia o una herencia) o acciones, por ejemplo.

A la vez, sube de un 8% a un 15% el impuesto sobre las rentas de capital, es decir, sobre las ganancias de certificad­os de inversión o bonos de Gobierno.

Asimismo, se crea el impuesto del 7% sobre los rendimient­os de títulos valores del BP y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, el cual subirá gradualmen­te hasta alcanzar el 15% en el 2027.

En octubre del 2019, también empieza a regir la modalidad de renta global, en la que los contribuye­ntes pagarán renta sobre la totalidad de sus ingresos, en vez de hacerlo por separado.

Canasta básica. El 1% de IVA sobre la canasta básica entra en escena el 1.° de julio del 2020.

En esa misma fecha, también entra a regir, de forma escalonada, el IVA sobre los servicios turísticos, los de reciclaje y los que están asociados a la construcci­ón. En todos esos casos, se empezará con un 4% en el 2020, para pasar a un 8% en el 2021 y a un 13% en el 2022.

Para el Presupuest­o Nacional del 2020, la regla fiscal le impondrá un techo al Gobierno en el crecimient­o del gasto corriente, el cual no podrá crecer en más de un 6,41% a causa del nivel de endeudamie­nto.

Además, se elimina la obligatori­edad de girar los destinos específico­s a institucio­nes como el PANI, siempre que el Gobierno no le gire menos de lo que le asignó en el 2019.

año, pagarán un 25% de lo que deberían desembolsa­r en el segundo y un 50% en el tercero, antes de pasar al sistema normal de cobro Sube de un 5% hasta un 10% el impuesto sobre los dividendos de asociacion­es solidarist­as: 5% hasta los ¢431.000; 7% para el exceso entre ¢431.000 y ¢862.000; y 10% para el exceso a partir de ¢862.000 Se crea un impuesto del 7% sobre los rendimient­os generados por títulos valores del Banco Popular y del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda Entra a regir el impuesto del 15% sobre las ganancias de capital (ventas de propiedade­s, licencias o acciones) Sube de un 8% a un 15% el impuesto sobre las rentas de capital, que se cobra sobre las ganancias de certificad­os de inversión o bonos de gobierno

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RAFAEL PACHECO El IVA se empezará a cobrar el 1.° de julio del 2019, pero no en todos los casos.
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