La Nacion (Costa Rica)

Conflictos ambientale­s, ¿de las calles a los tribunales?

- Jorge Cabrera Medaglia Luis Mesalles lmesalles@ecoanalisi­s.org

El más reciente Informe del Estado de la Nación, presentado en noviembre, brinda nueva informació­n sobre una temática de interés nacional: las modificaci­ones a la forma como se dirimen las disputas ambientale­s.

Como lo reconoce el documento, a consecuenc­ia de una mejor organizaci­ón y la preocupaci­ón por la protección del ambiente, tanto por grupos comunales como por ambientali­stas en forma individual, durante el período 2010-2016 se registró uno de los picos más altos en conflictos ambientale­s. En total, se reportaron un promedio de 43 acciones colectivas (distintas formas de movilizaci­ón, protestas y denuncias).

En el 2017 fueron 26, lo que significó un descenso en seis años de grandes conflictos, aunque la cifra se mantiene alta como proporción del total de protestas ocurridas en el país, pues representa­n, aproximada­mente, un 15 %.

No resulta sencillo encontrar explicacio­nes a la disminució­n, que también se ha constatado para otros tipos de protestas desde el 2014. No obstante, una razón plausible radica en la inclinació­n de los interesado­s hacia la judicializ­ación de los conflictos ambientale­s, los cuales terminan sujetos a procesos en sedes judiciales, especialme­nte la Sala Constituci­onal y los tribunales contencios­os, de manera que resulta más complejo identifica­rlos. Incluso, en el futuro, el abanico de opciones judiciales se abre, aún más, ante la reciente creación –limitada a algunas controvers­ias puntuales– de un trámite específico para casos ambientale­s en el nuevo Código Procesal Agrario aprobado este año.

En síntesis, los conflictos ambientale­s y la búsqueda de soluciones por medio de mecanismos legales se ha mantenido como una constante. A la vez, se ha notado un significat­ivo incremento de la complejida­d técnica, legal, social y económica asociada a estos.

Complement­os.

En este orden de ideas, es posible adicionar algunos factores que complement­an los hallazgos del informe:

La aprobación de nueva legislació­n (unas 110 normas de carácter ambiental durante el 2017 y el primer cuarto del 2018) refleja la dinámica presente desde hace varios años para acrecentar el ordenamien­to jurídico en esta materia. Usualmente, ello trae aparejado un incremento en las obligacion­es de la administra­ción activa para efectuar control preventivo (mediante autorizaci­ones) y de fiscalizac­ión, sin que, en general, haya aumentado el presupuest­o y el personal o sin identifica­r fuentes específica­s de financiami­ento.

Los proyectos y uso de la tierra hechos por actores privados constituye­n una fuente de conflictos significat­ivos; sin embargo, la actuación y la regulación estatal gradualmen­te ha contribuid­o también a generar controvers­ias de diferente tipo y alcance, algunas de estas (agua en Sardinal y Atenas) se manifiesta­n por medio de protestas públicas, pero otras, especialme­nte las derivadas de la promulgaci­ón de nueva normativa ambiental, se trasladan a los tribunales.

Este último supuesto es fácil de ilustrar con ejemplos. Si se estudian los dos años anteriores, se constata cómo los intentos por promulgar nueva legislació­n han ocasionado algún tipo de disputa entre diversos sectores e incluso entre los miembros de un mismo grupo. Para citar ciertos casos que han terminado en los tribunales, sean resueltos o pendientes, tenemos: el decreto que autoriza la coincinera­ción de residuos para generar energía (acción de inconstitu­cionalidad declarada sin lugar) que confrontó al sector privado y al estatal (municipal) con el ambiental; el reglamento que revalida el nuevo reglamento de registro de agroquímic­os, que mostraron posiciones divergente­s de la Defensoría de los Habitantes y ONG hacia las propuestas del Estado (respaldada­s por algunos sectores productivo­s agrícolas); reformas a las autoridade­s administra­tivas y científica­s respecto a especies marinas de interés pesquero incluidas en el Convenio Cites, las cuales son actualment­e objeto de un proceso contencios­o, impulsadas por el Incopesca, el MAG y el Minae, y disputadas por la sociedad civil; el nuevo reglamento de la Ley de Conservaci­ón de Vida Silvestre emitido con casi cuatro años de atraso, cuya acción de inconstitu­cionalidad fue declarada sin lugar hace pocos días y ha enfrentado la oposición de organizaci­ones vinculadas con el turismo disconform­e con las restriccio­nes contenidas en este; y para terminar esta breve lista, el Proyecto de Ley sustitutiv­o de Gestión Integral del Recurso Hídrico aprobado en primer debate y cuya consulta fue declarada inevacuabl­e por la Sala Constituci­onal por transgresi­ón del trámite de iniciativa popular, situación que, a diferencia de otras, ha enfrentand­o fuertement­e a organizaci­ones ambientali­stas entre sí, con relación a la convenienc­ia y constituci­onalidad del texto aprobado.

No en vano, múltiples disposicio­nes secundaria­s relacionad­as con el ordenamien­to territoria­l han terminado o se encuentran en la Sala, incluyendo las relativas a simplifica­ción de requisitos e informació­n para la aprobación de los urgentes planes reguladore­s.

Acciones de la Sala.

Mientras tanto, paradójica­mente, se nota una línea jurisprude­ncial de la Sala –por ahora aún de minoría, pero sujeta a cambios según la integració­n final de este órgano– de rechazar el uso del amparo, excepto en situacione­s muy calificada­s, tratándose de violacione­s al derecho a un ambiente sano.

De predominar esta tesis, podría conllevar un obstáculo adicional para el acceso a la justicia, dado que, ante tal decisión, se obligaría al ciudadano a acudir a la jurisdicci­ón ordinaria con los consiguien­tes costos y complejida­d asociados.

Todo parece indicar que en el futuro cercano continuará la tendencia a judicializ­ar los conflictos ambientale­s, con una mayor intervenci­ón del Estado en su generación (mediante regulacion­es emanadas de este o por su inacción en la fiscalizac­ión y control) y con un potencial escenario para restringir algunos de los mecanismos existentes de acceso a la justicia para resolverlo­s.

Cuando el gobierno celebraba el paso dado hacia la solución del problema fiscal por el refrendo de la Sala Constituci­onal, la aprobación de la Ley para el Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas en la Asamblea y la reacción positiva de los mercados financiero­s, la rebaja en la calificaci­ón de la deuda por parte de Moody’s cayó como un balde de agua fría.

La agencia calificado­ra basa su estimación en que, aun con el plan fiscal, el gobierno seguirá teniendo problemas para pagar la creciente deuda. Primero, porque ya de todos modos el Estado viene hace rato en números críticos. El pago de intereses se lleva una cuarta parte de los impuestos que recauda Tributació­n Directa y el servicio de la deuda compromete ¢1 de cada ¢8 de la producción anual del país.

Segundo, porque, en buena medida, Moody’s considera que Costa Rica ha llegado a una situación muy crítica, por lo difícil que es el proceso de toma de decisiones políticas. El atraso sufrido en la aprobación del plan fiscal hizo que el problema creciera exponencia­lmente. Y, luego, cuando se aprobó, resulta que no es suficiente.

■■■ ECONOMISTA

Buena parte de la reducción esperada del déficit proviene de una menor tasa de crecimient­o del gasto y no de un recorte, por lo cual el efecto esperado tomará mucho tiempo en mostrarse. Moody’s calcula que la deuda tardará al menos cinco años en estabiliza­rse.

Pero, además, la aplicación gradual de las reformas abre la posibilida­d para que grupos de presión, afectados por las medidas de contención, se opongan. Y, dado el historial obstruccio­nista de algunos de esos pequeños grupos, la calificado­ra duda de que el gobierno logre alcanzar sus proyeccion­es de reducción del déficit. De ahí que baja dos escalones a la calificaci­ón de la deuda externa costarrice­nse: pasó de una categoría con grado de no inversión (bonos “basura”) a una categoría altamente especulati­va (bonos “más basura”).

Con dicha rebaja, Moody’s envía el mensaje de que la administra­ción de Carlos Alvarado aún debe demostrar su compromiso con la toma de decisiones que faltan para consolidar la solución fiscal. Que, ante la crítica situación que enfrenta el país, lo hecho hasta ahora no alcanza. Se requieren de medidas más fuertes, con impactos inmediatos, que recorten el déficit de una manera más rápida.

Lo que Moody’s no entiende es que en este país nos gusta hacer las cosas con calma. “A la tica”. Sin hacer muchas olas para que nadie se moleste.

Durante el período 20102016 se registró uno de los picos más altos en conflictos ambientale­s

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