La Nacion (Costa Rica)

Jueces declaran legal huelga de 89 días de educadores del MEP

También descartan ‘que se haya afectado servicios esenciales’ en protesta contra plan fiscal

- Daniela Cerdas E. daniela.cerdas@nacion.com

El Tribunal de Apelación de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José declaró legal la huelga de 89 días que realizaron los educadores el año pasado.

Los jueces Adriana Chacón Catalán, Ana Ruth Fallas Gómez y Luis Eduardo Mesén García rechazaron los argumentos por los cuales un juez de primera instancia había declarado ilegal este movimiento de protesta contra la reforma fiscal.

Con su resolución no solo anula toda posibilida­d de que el Estado recupere salarios pagados a los maestros en huelga, sino que obliga al Ministerio de Educación a cancelar ¢300.000 por honorarios a cada uno de los abogados de los sindicatos que los representa­ron en este caso.

Para los jueces, no quedó demostrado que la huelga de maestros fuera violenta.

“La representa­ción del Estado no aportó mayor prueba que una serie de publicacio­nes de prensa, aludiendo al movimiento de huelga en general, sin que se mencione específica­mente hechos que establezca­n algún tipo de relación entre los integrante­s de los grupos gremiales contradict­ores, con eventos no pacíficos”, señalaron.

Los juzgadores rechazaron que se hubiera afectado servicios esenciales por el cierre de comedores escolares, al no ser estos responsabi­lidad del personal docente.

En primera instancia, el juez de Trabajo argumentó la ilegalidad del movimiento porque este “transgredi­ó los principios de razonabili­dad y de proporcion­alidad”, al considerar su duración y sus efectos.

La protesta comenzó el 10 de setiembre y finalizó el 7 de diciembre. Lo educadores regresaron a las aulas a pocos días de iniciar el periodo de vacaciones.

Sin límite. Para los miembros del Tribunal de Apelación de Trabajo; sin embargo, legalmente no existe ningún límite. El límite en la duración, dicen los jueces “solo puede ser establecid­o por el legislador y para preservar la prestación de servicios esenciales”, pero en este caso, la educación no está bajo esa categoría.

Consideran que en esta huelga “no se demostró que la excesiva dilación del movimiento haya puesto en riesgo la vida, la salud o la seguridad de las personas”.

“Teniendo claro que no se ha demostrado que el movimiento objeto de análisis, no fuese pacífico y que se haya afectado servicios esenciales, resta por establecer si se reúnen los restantes requisitos

para declarar la legalidad del movimiento”, señalan.

En este sentido, la sentencia de segunda instancia y última en declarator­ias de esa naturaleza, reconoce implícitam­ente la existencia de la huelga política,

pese a no estar regulada en la legislació­n costarrice­nse.

Afirma que aun siendo una huelga “atípica”, cumplió requisitos de participac­ión y de agotamient­o de las vías de diálogo, señala.

Este Tribunal también declaró legal la huelga en la Refinadora Costarrice­nse de Petróleo (Recope), resolución en la cual, además, negó el carácter esencial de la distribuci­ón de combustibl­e.

Luego de ese fallo, la Procu raduría General de la Repúbli ca había solicitado a los miem bros de ese Tribunal apartarse de conocer las apelacione­s en el expediente de huelga de MEP, por considerar “la exis tencia de circunstan­cias” que daban lugar a “dudas justifi cadas con respecto a su impar cialidad u objetivida­d”,

En las decisiones de Recope y Educación coincidier­on dos jueces: Luis Mesén García y Adriana Chacón.

Para los sindicatos, el fallo evidenció que su lucha “es tuvo fundamenta­da” y que la extensión no dependió de su voluntad, sino de la contrapar te, “que no tuvo capacidad de diálogo”.

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JOSÉ CORDERO La huelga de los maestros se inició el lunes 10 de setiembre del 2018 y terminó en diciembre, pocos días antes de que concluyera el curso lectivo.

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