Maduro ante la Fiscalía
Su denuncia por ‘usurpación’ de sede contra la embajadora legítima de Venezuela no tiene sustento alguno.
El dictador Nicolás Maduro, cabeza visible del régimen que mantiene secuestrado por la fuerza el poder legítimo y legal del Estado venezolano, ha tomado una arbitraria y torpe medida que, sin pensarlo, podría volverse en su contra y abrir el camino para que deba dar cuenta por crímenes de lesa humanidad ante los tribunales costarricenses.
Representado por el exmagistrado Celso Gamboa, a quien la Asamblea Legislativa destituyó de su cargo hace un año, denunció el lunes 18 de marzo a la embajadora de Venezuela en Costa Rica, María Faría, por la inexistente “usurpación” de la sede diplomática aquí. De ese modo, pretende involucrar a nuestro Poder Judicial, por medio de la Fiscalía, en una maniobra política sin base legal alguna que parece estar destinada a dos propósitos esenciales. Uno es demorar el momento cuando la embajadora legítima tome posesión plena del inmueble y tenga acceso a toda la documentación que permanece en él. A este se agrega el deseo de confundir, crear ruido y presionar a nuestro gobierno. Nada de ello se relaciona con la correcta aplicación de la justicia.
El sinsentido de la denuncia, que Gamboa ha dicho presentar en nombre de “la República Bolivariana de Venezuela”, es que Costa Rica no reconoce a Maduro, sino al presidente interino, Juan Guaidó, como representante de ese Estado. El reconocimiento se produjo en enero de este año, una acción compartida por más de 50 países alrededor del mundo. De acuerdo con el derecho internacional, la decisión costarricense quedó formalizada jurídicamente el 13 de febrero, cuando la embajadora Faría entregó sus cartas credenciales al presidente, Carlos Alvarado, y este las aceptó en nombre de nuestro país. Tal acto otorgó, de manera inmediata, la representación del Estado venezolano en Costa Rica a la embajadora Faría, con capacidad jurídica plena para conducir relaciones y tomar posesión inmediata de sus bienes, incluida la sede diplomática y las cuentas bancarias.
En ese entonces, la Cancillería otorgó a los exdiplomáticos de Maduro, quienes ya no tenían representación alguna, 60 días para abandonar el país. El largo plazo fue una simple cortesía para que arreglaran sus asuntos personales antes de irse; bajo ningún concepto implicaba otorgarles el control de la sede durante ese tiempo, por una razón muy simple: de conformidad con la Convención de Viena, la Embajada es inviolable y su control soberano pertenece a los representantes legítimos del gobierno reconocido por Costa Rica: el de Guaidó. La Convención es también clara en que los agentes diplomáticos reconocidos por el país anfitrión –en este caso la embajadora Faría– gozan de la inmunidad de jurisdicción, sin distingo de su nacionalidad.
Lo anterior hace que la jurisdicción penal costarricense, salvo consentimiento expreso del Estado venezolano, no pueda iniciar un proceso por presuntos delitos ocurridos en la sede. Por lo anterior, acusar de “usurpación” del inmueble a la embajadora Faría, representante diplomática titular del gobierno reconocido por Costa Rica, no tiene fundamento lógico o legal alguno; más bien, los usurpadores fueron los agentes de Maduro, quienes, sin representación diplomática reconocida, pretendieron mantenerse en ella.
Lo que sí podría ser plausible de acuerdo con el derecho internacional, y que Maduro y su representante Gamboa han facilitado al acudir a la Fiscalía, es que, de conformidad con la doctrina de la jurisdicción universal, nuestro Poder Judicial analice si Costa Rica debe investigar y encausar en tribunales locales a los perpetradores de crímenes de lesa humanidad en Venezuela, lo cual podría extenderse también a Nicaragua. Cuando el país suscribió el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), este se convirtió en ley de la República. Su texto acepta la existencia de esos delitos, y tanto la doctrina internacional como los desarrollos jurisprudenciales de la propia CPI reconocen el derecho erga omnes —es decir, que alcanza a todos— para el procesamiento de crímenes internacionales en ciertas circunstancias.
La actual situación en Venezuela y la actuación ilegítima y represiva de Maduro entran en el conjunto de esas circunstancias; por ello, merecen examinarse. Pero lo menos que debería hacer la Fiscalía es rechazar la maniobra que pretende sumergir al Poder Judicial, sin base, en un juego político animado por una dictadura.