La Nacion (Costa Rica)

Avalado nuevo texto de plan que prohíbe huelgas políticas

››Iniciativa también introduce oralidad en calificaci­ón de los movimiento­s

- Aarón Sequeira aaron.sequeira@nacion.com

En la nueva versión del proyecto de ley sobre derecho a huelga, que se tramita en el Congreso, quedan totalmente prohibidas las huelgas políticas y aquellas que no tengan conexión directa con incumplimi­entos laborales imputables al patrono.

Los diputados de la Comisión Especial sobre Huelgas de la Asamblea Legislativ­a acogieron esa nueva versión del proyecto este miércoles por la noche.

En ese texto sustitutiv­o, aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, hay varios cambios a la propuesta base que se había venido trabajando.

Con respecto a la definición de huelga, además, se explica que se trata de un movimiento de suspensión de labores concertado y pacífico, por lo que prohíbe totalmente que se realicen bloqueos, ya sea en vías públicas o ante institucio­nes estatales, particular­mente las dedicadas a los servicios públicos.

La decisión se toma a raíz de que varios de los tribunales donde se llevaron a cabo trámites de calificaci­ón de huelga, a raíz del movimiento contra el plan fiscal del año pasado, los jueces avalaron la realizació­n de huelgas políticas, sin que expresamen­te las leyes establezca­n esa opción.

La nueva propuesta introduce un proceso oral para que los tribunales puedan establecer si un movimiento de huelga es legal o no, con pasos específico­s por seguir.

Según el presidente de esa comisión, el liberacion­ista Carlos Ricardo Benavides, ese proceso oral “busca mayor agilidad y que todo se pueda evacuar en una sola audiencia, donde las partes podrán llevar todas sus pruebas”.

Además, en la nueva versión de la iniciativa legal se eliminan las disposicio­nes que pretendían la sustitució­n entre órganos del Poder Judicial. Originalme­nte, los diputados habían propuesto que, si un juzgado no atendía un reclamo de calificaci­ón de huelga por haber suspendido labores para unirse al movimiento, esa labor la asumiera otro juzgado.

“Se atienden las observacio­nes de los comparecie­ntes (sindicatos y cámaras). También se elimina la disposició­n de que se dieran cambios en las jurisdicci­ones o que se concentrar­an los procesos de calificaci­ón de huelga en el Juzgado de San José”, detalló Benavides.

La moción para acoger el texto sustitutiv­o contó con los votos de Benavides y la liberacion­ista Yorleni León; Víctor Morales, jefe de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), y el socialcris­tiano Pedro Muñoz.

En esencia, la nueva versión del artículo 371 del Código de Trabajo establece que las huelgas podrán tener lugar cuando sean movimiento­s para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajador­es, así como la defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos.

“No se permitirán ni serán considerad­as como legales ningún otro tipo de huelgas. Serán ilegales las huelgas políticas de cualquier índole o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimi­entos laborales imputables al patrono”, dice la nueva versión del proyecto 21.049.

Por otra parte, toda huelga que conlleve bloqueos de vías públicas, impediment­o de acceso a institucio­nes del Estado o a servicios públicos será considerad­a violenta y, por ende, penalizada legalmente.

En el nuevo texto también se detalla la prohibició­n de que los huelguista­s aprovechen un movimiento de ese tipo para ausentarse de sus puestos de trabajo y dedicarse a otras actividade­s.

José María Villalta, del Frente Amplio, votó en contra de que se acogiera ese nuevo texto del plan para regular las huelgas.

Por vía telefónica, comentó que, para él, ninguno de los cambios “busca atender las preocupaci­ones de los diversos sectores” que tuvieron audiencia ante los legislador­es.

“Se introducen modificaci­ones a varios artículos del texto original para limitar el derecho a huelga de los trabajador­es del sector privado, también”, alegó el legislador.

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