Avalado nuevo texto de plan que prohíbe huelgas políticas
››Iniciativa también introduce oralidad en calificación de los movimientos
En la nueva versión del proyecto de ley sobre derecho a huelga, que se tramita en el Congreso, quedan totalmente prohibidas las huelgas políticas y aquellas que no tengan conexión directa con incumplimientos laborales imputables al patrono.
Los diputados de la Comisión Especial sobre Huelgas de la Asamblea Legislativa acogieron esa nueva versión del proyecto este miércoles por la noche.
En ese texto sustitutivo, aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, hay varios cambios a la propuesta base que se había venido trabajando.
Con respecto a la definición de huelga, además, se explica que se trata de un movimiento de suspensión de labores concertado y pacífico, por lo que prohíbe totalmente que se realicen bloqueos, ya sea en vías públicas o ante instituciones estatales, particularmente las dedicadas a los servicios públicos.
La decisión se toma a raíz de que varios de los tribunales donde se llevaron a cabo trámites de calificación de huelga, a raíz del movimiento contra el plan fiscal del año pasado, los jueces avalaron la realización de huelgas políticas, sin que expresamente las leyes establezcan esa opción.
La nueva propuesta introduce un proceso oral para que los tribunales puedan establecer si un movimiento de huelga es legal o no, con pasos específicos por seguir.
Según el presidente de esa comisión, el liberacionista Carlos Ricardo Benavides, ese proceso oral “busca mayor agilidad y que todo se pueda evacuar en una sola audiencia, donde las partes podrán llevar todas sus pruebas”.
Además, en la nueva versión de la iniciativa legal se eliminan las disposiciones que pretendían la sustitución entre órganos del Poder Judicial. Originalmente, los diputados habían propuesto que, si un juzgado no atendía un reclamo de calificación de huelga por haber suspendido labores para unirse al movimiento, esa labor la asumiera otro juzgado.
“Se atienden las observaciones de los comparecientes (sindicatos y cámaras). También se elimina la disposición de que se dieran cambios en las jurisdicciones o que se concentraran los procesos de calificación de huelga en el Juzgado de San José”, detalló Benavides.
La moción para acoger el texto sustitutivo contó con los votos de Benavides y la liberacionista Yorleni León; Víctor Morales, jefe de fracción del Partido Acción Ciudadana (PAC), y el socialcristiano Pedro Muñoz.
En esencia, la nueva versión del artículo 371 del Código de Trabajo establece que las huelgas podrán tener lugar cuando sean movimientos para la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores, así como la defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos.
“No se permitirán ni serán consideradas como legales ningún otro tipo de huelgas. Serán ilegales las huelgas políticas de cualquier índole o aquellas que no tengan conexión directa con la relación de empleo o incumplimientos laborales imputables al patrono”, dice la nueva versión del proyecto 21.049.
Por otra parte, toda huelga que conlleve bloqueos de vías públicas, impedimento de acceso a instituciones del Estado o a servicios públicos será considerada violenta y, por ende, penalizada legalmente.
En el nuevo texto también se detalla la prohibición de que los huelguistas aprovechen un movimiento de ese tipo para ausentarse de sus puestos de trabajo y dedicarse a otras actividades.
José María Villalta, del Frente Amplio, votó en contra de que se acogiera ese nuevo texto del plan para regular las huelgas.
Por vía telefónica, comentó que, para él, ninguno de los cambios “busca atender las preocupaciones de los diversos sectores” que tuvieron audiencia ante los legisladores.
“Se introducen modificaciones a varios artículos del texto original para limitar el derecho a huelga de los trabajadores del sector privado, también”, alegó el legislador.