Procuraduría: elección de magistrados debe ser pública
Ciudadanos tienen derecho a conocer cómo vota cada diputado, alega
Para la Procuraduría General de la República (PGR), las votaciones en el Congreso sobre la elección y no reelección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia deben ser públicas y no secretas aunque, por reglamento y costumbre, se han hecho de esta última forma.
Así lo manifestó ayer el procurador general, Julio Jurado, en un informe que rindió ante los magistrados de la Sala Constitucional en el marco de una acción de inconstitucionalidad contra un acuerdo legislativo del 2004, el cual establece la votación secreta para esos casos con base en los artículos 227 y 228 del reglamento de la Asamblea Legislativa.
El artículo 227 del reglamento, en el capítulo de nombramientos, ratificaciones y renuncias, establece que “toda elección deberá hacerse por papeletas que contengan los nombres y apellidos de los respectivos candidatos, las cuales no serán firmadas por los votantes.
El 228 es el que describe la forma en que se deben repetir de votaciones si no hay mayoría absoluta en la primera ronda de una elección.
Jurado señaló que el artículo 227 del reglamento legislativo contiene un vicio de inconstitucionalidad al establecer como regla general la votación secreta para cualquier elección en el Congreso, pues la Constitución Política solo respalda ese método por razones “muy calificadas y de interés general”.
“Es evidente que al encargar al Congreso con la tarea de nombrar a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, la Constitución ha tenido por finalidad que dichos nombramientos se realicen a través de un procedimiento de carácter público, sujeto, por consecuencia, a escrutinio de parte de la ciudadanía de forma directa”.
El procurador mencionó, como sustento, el artículo 117 de la Constitución Política, el cual establece sobre la labor del Congreso: “Las sesiones serán públicas salvo que por razones muy calificadas y de conveniencia general se acuer de que sean secretas por vota ción no menor de las dos ter ceras partes de los diputados presentes”.
En criterio de Jurado, re sulta un contrasentido que las elecciones sobre magistrados se realicen por medio de bo letas innominadas -votación secreta- que impiden el escru tinio público.
La discusión sobre el secre tismo revivió luego de que un grupo de diputados intentó no reelegir al magistrado consti tucional Paul Rueda, el pasado 24 de junio.