Aprobado en comisión legislativa plan para frenar abusos en huelgas
Reforma autoriza rebajar salarios en forma retroactiva a quien participe en huelgas ilegales
Con cinco votos a favor y uno en contra, una comisión legislativa especial dictaminó positivamente, este viernes, un proyecto de ley para frenar los abusos en las huelgas.
La reforma permitiría rebajar los salarios en forma retroactiva a quienes participen en huelgas que sean declaradas ilegales, pues actualmente los jueces interpretan que los rebajos solo se pueden aplicar después de la declaratoria de ilegalidad, aunque esta ocurra meses después de iniciado el movimiento.
El proyecto también permitiría disolver sindicatos que bloqueen vías o saboteen servicios, además de que prohibiría las huelgas contra políticas públicas, es decir, las que no son contra reclamos imputables al patrono.
La iniciativa se denomina Ley para Brindar Seguridad Jurídica sobre la Huelga y sus Procedimientos, y fue propuesta por el presidente del Congreso, el liberacionista Carlos Ricardo Benavides.
Votaron a favor del dictamen Benavides y su compañera de fracción, Yorleni León; la diputada del Partido
“EXISTE LA VOLUNTAD POLÍTICA DE TODAS LAS PARTES PARA QUE ESTE PROCESO SIGA Y SE PUEDA AVANZAR EN UN CLIMA DE PAZ”.
Nielsen Pérez
Diputada del PAC
Integración Nacional (PIN), Zoila Rosa Volio; Nielsen Pérez, del Partido Acción Ciudadana (PAC); y el independiente Erick Rodríguez Steller.
Se opuso José María Villalta, del Frente Amplio.
Benavides dijo que su propuesta nace del sufrimiento de las personas por las consecuencias de huelgas en sectores como salud y por el bloqueo de carreteras.
“Esa es la gente a la que nos debemos, al que sufre y, particularmente, a la gente que está obligada a recibir determinados servicios públicos, como salud, porque no tiene otro remedio, no tiene recursos para pagarlos en servicios privados”, explicó Benavides.
Sobre los alcances de la reforma, el jerarca explicó: “No será como hoy que, básicamente, es una especie de vacaciones pagadas, independientemente de que sea legal o ilegal la huelga. Con este proyecto, volvemos a como fue la regulación antes del 2015, en el sentido de que una huelga ilegal no genera salarios, sino que genera rebajos a personas que se fueron incumpliendo sus deberes”.
Al plan se integró una iniciativa de León para definir una lista explícita de servicios esenciales en los cuales no puede haber huelga, en vista de que los tribunales no tenían claridad sobre ese tema.
Por su parte, la legisladora Nielsen Pérez explicó que el dictamen ocurre luego de un proceso de diálogo abierto entre los diputados de la comisión y los sindicatos, el cual fue liderado por Benavides y contó con la mediación del Ministerio de Trabajo y de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El texto determina la obligatoriedad de que los sindicatos actualicen cada año ante el Ministerio de Trabajo su dirección electrónica para recibir notificaciones. Esta será usada exclusivamente para recibir notificaciones de los trámites de calificación de huelgas.
La dirección deberá tener acceso público y, en caso de incumplir con este requisito, las resoluciones que se dicten se darán por notificadas en forma automática. En la huelga contra la reforma fiscal, los funcionarios judiciales tuvieron muchos problemas para notificar a los sindicatos; incluso los tuvieron que buscar en los sitios donde dialogaban con el gobierno.
La iniciativa, que se tramita por vía rápida en el Congreso, establece, además, que no se considerarán pacíficos los movimientos
huelguísticos cuando estos conlleven bloqueos en vías o se impida el acceso a los servicios y entidades públicas.
El proyecto propone disolver a los sindicatos en caso de que se les demuestre en juicio que organizan o incitan a sus afiliados a cerrar vías o negar el acceso a las instituciones o a los servicios públicos.
El plan clasifica una serie de servicios como esenciales, en los cuales no se pueden realizar
huelgas. Tal es el caso de los servicios de salud, porque su interrupción pone en riesgo la vida, salud y seguridad de las personas.
El texto categoriza como trascendentales otros servicios, en los que los funcionarios en huelga deben garantizar un esquema mínimo de prestación del servicio y las manifestaciones tendrán una duración máxima de diez días. Tal es el caso de la seguridad.