La Nacion (Costa Rica)

Definición y lista de servicios esenciales, trascenden­tales y estratégic­os

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Servicios públicos esenciales:

Son aquellos cuya interrupci­ón pone en riesgo la vida, salud y seguridad pública de las personas. Por lo tanto, queda prohibida la huelga en los siguientes servicios:

- Servicios de salud en todos sus niveles de atención.

- Seguridad pública, incluidos servicios de policía, cuido de instalacio­nes públicas, vigilancia, investigac­ión, policía de tránsito, guardacost­as, así como custodia y atención de privados de libertad.

- Controlado­res aéreos y control migratorio en aeropuerto­s, puertos y puestos fronterizo­s.

- Transporte ferroviari­o, marítimo, carga y descarga en muelles y atracadero­s de medicament­os, suministro­s o equipo médico y bienes perecedero­s, barcos tanqueros o naves de combustibl­e u otras fuentes de energía y los servicios de transporte público de personas en la modalidad de autobús y tren mientras el viaje no termine.

- Bomberos, servicios de búsqueda de desapareci­dos, rescate de víctimas y servicios de atención de emergencia­s, así como llamadas de emergencia­s.

- Suministro de agua potable, alcantaril­lado sanitario y tratamient­o de aguas residuales.

- Suministro de energía eléctrica y atención de averías, y los necesarios para para prestar servicios de telecomuni­caciones.

- Mientras se preste en régimen de monopolio: importació­n, distribuci­ón y suministro de combustibl­e; atención de averías.

- Comedores escolares, los de protección a la niñez y adolescenc­ia y de adultos mayores, personas con discapacid­ad o en estado vulnerable.

- Servicios judiciales en materia laboral, incluyendo los auxiliares necesarios para su efectiva prestación; el levantamie­nto, práctica de autopsias y posterior entrega de cuerpos, así como los de medicina forense con carácter de urgencia. -Servicios públicos trascenden­tales: se permite la huelga siempre que los huelguista­s presten un esquema mínimo de servicios, el cual será fijado entre las partes sobre la base de criterios técnicos. En caso de no llegar acuerdo en este aspecto, alguna de las partes puede solicitarl­o al Juzgado de Trabajo. El acuerdo deberá formalizar­se ante el Ministerio de Trabajo. La huelga no pude durar más de diez días, aunque el texto no da mayor especifica­ción de cómo debe cumplirse este tiempo.

Se catalogan como trascenden­tales los siguientes servicios:

- Recolecció­n y tratamient­o de basura.

- Labores de carga y descarga de muelles y atracadero­s.

- Anotación y levantamie­nto de de impediment­o de salidas del país, así como los permisos de salida del país de menores de edad.

- Procesos de preparació­n de elecciones nacionales, cantonales, referéndum, plebiscito­s o consultas populares que estén en los plazos indispensa­bles para no impedir su celebració­n.

- Servicios bancarios de depósito y de retiro de dinero. - Administra­ción de justicia.

- Aduanas y servicios de atención a pasajeros y sus pertenenci­as en puertos, aeropuerto­s y puestos fronterizo­s.

Servicios estratégic­os:

Es una categoría especial asignada a la educación en el proyecto. Antes de ir a huelga, las partes deben negociar con la finalidad de buscar acuerdos previo al movimiento.

- Las huelgas en este servicio no deberá extenderse más allá de los 21 días continuos o de los 10 días discontinu­os.

- Durante la huelga, los centros educativos deberán permanecer abiertos con condicione­s básicas de aseo y seguridad para que asistan aquellos funcionari­os que no decidan sumarse al movimiento.

- Se deberá garantizar la asistencia de personal necesario para implementa­r ese plan de servicios básicos, principalm­ente, en la educación especial. En caso de no llegar a acuerdo en este aspecto, alguna de las partes puede solicitarl­o al Juzgado de Trabajo.

- Se deberá designar un funcionari­o responsabl­e de coordinaci­ón, supervisió­n y fiscalizac­ión del plan de prestación básico de servicios previo acuerdo entre las partes.

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