Defensoría pide al MEP investigar más denuncias de relaciones impropias
Luego de estudiar el caso de una relación impropia denunciada en un colegio de la zona norte, la Defensoría de los Habitantes concluyó que existen debilidades en el protocolo del Ministerio de Educación Pública (MEP) para atender este tipo de situaciones.
De acuerdo con la Defensoría, un adulto acudió, a finales del 2017, al MEP para informar sobre un supuesto vínculo entre un docente y una alumna. Sin embargo, afirma, el Ministerio archivó el caso en enero del 2018, sin haber realizado una investigación exhaustiva.
“Toman la decisión de archivar el asunto, no se logra una investigación real y prefieren archivar el caso.
”Es una muestra más de que el procedimiento no es garante y que se están quedando muchos casos sin ser debidamente sancionados”, dijo la entidad.
El artículo 159 de la ley sobre relaciones impropias impone penas de 2 a 10 años de cárcel a quien mantenga relaciones sexuales con personas menores de edad.
La severidad de la pena aumenta conforme mayor sea la diferencia entre la edad de la víctima y del victimario.
Según el Departamento de Gestión Disciplinaria del MEP, durante el 2017 se tramitaron cuatro causas disciplinarias por relaciones impropias, de las cuales tres fueron archivadas y una concluyó con un cese sin responsabilidad patronal.
Mientras tanto, en el 2018 se iniciaron ocho causas; en dos se ellas se dictaron absolutorias y otras dos fueron archivadas.
Por otra parte, un caso aún sigue en trámite, en otro se dictó un cese laboral sin responsabilidad patronal, otra concluyó con una gestión de despido ante el Servicio Civil y una más tiene un procedimiento administrativo disciplinario suspendido.
Según la Defensoría de los Habitantes, el procedimiento administrativo del MEP no solo es lento y tardío, sino que también genera una sensación de impunidad y de revictimización.
Debido a lo anterior, urgió a dicha cartera a reforzar el sistema de atención de denuncias.
“Para este ente defensor, el MEP debe, en sede disciplinaria y una vez iniciada la causa, realizar un análisis pormenorizado con el fin de adoptar las medidas cautelares urgentes, necesarias y pertinentes que permitan proteger a las partes denunciantes o a las víctimas en aquellos casos en que exista riesgo para la integridad física, psicológica, emocional o sexual de personas menores de edad de las personas denunciantes”, manifestó Catalina Crespo, defensora de los Habitantes.