Torcido concepto de ‘justicia’
A falta de riqueza mineral para financiar pensiones de lujo, en el país los recursos vienen de impuestos y corte de gasto.
Parece una fantasía, pero la Asamblea Legislativa estudia la posibilidad de aprobar un proyecto de ley para limitar las pensiones del Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio y las del Gobierno cargadas al presupuesto nacional “en el tanto los ingresos por concepto de cotizaciones sean menores que los egresos derivados del pago de beneficios”.
El absurdo salta a la vista. Ningún régimen de pensiones se sostiene si los ingresos son inferiores a los gastos. Ni siquiera hace falta recurrir a la matemática. Semejante sistema de jubilaciones requiere de una fuente de ingresos extraordinaria. A falta de alguna riqueza mineral suficiente para financiar los beneficios, en Costa Rica los recursos vienen de los impuestos y, también, de la supresión de gastos.
Algunos críticos del Estado objetarán la mención del segundo rubro porque están acostumbrados a insistir, con buena razón, en los excesos del gasto público. Pero los desperdicios y abusos no impiden reconocer la eliminación de otros gastos, mucho más justos. Por el contrario, la explican.
Si los hospitales costarricenses no son clase A es por los excesos cometidos con las finanzas de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), comenzando por el cálculo de los extremos laborales tomando en cuenta las sumas devengadas por el pago del 100 % de las incapacidades, pese al criterio contrario de la Procuraduría General de la República, por la extensión de la cesantía a 20 años y el doble pago del fondo creado por la Ley de Protección al Trabajador, para mencionar solo tres sangrías ilícitas o, cuando menos, irracionales. Hay otras, conformes con la ley y la Constitución, pero ruinosas para las finanzas públicas.
La reforma legal de comentario ni siquiera asegura el equilibrio de los regímenes afectados. El proyecto no sujeta el monto de las pensiones a los ingresos de cada régimen. Por el contario, supone el déficit y la obligación social de financiarlo, aceptando pacíficamente las consecuentes limitaciones del gasto en rubros de beneficio generalizado, incluidos los hospitales, para seguir con el ejemplo de la seguridad social.
La injusticia es obvia en vista de las necesidades de la gran mayoría de los costarricenses y el número relativamente reducido de pensionados de lujo, pero la iniquidad se agiganta al considerar la generosidad del nuevo límite: “…el monto máximo a sufragar por pensiones con cargo al Presupuesto Nacional en curso de pago no podrá ser superior a 23 veces la línea de pobreza, según determinación del Instituto Nacional de Estadística y Censos para el total del país”, dice la propuesta de ley. Estamos hablando de ¢2,4 millones.
Un retorcido concepto de justicia social acepta la restricción de los beneficios ofrecidos a toda la población, incluidos los más pobres, también obligados a pagar impuestos, para asegurarle ingresos 23 veces mayores a un puñado de privilegiados, si se logra la aprobación del proyecto de ley. Si no, la distancia con la línea de pobreza se mantendrá en unas 26 veces.
Tampoco hay explicación entre los promotores de esta clase de “justicia social” para las diferencias entre los regímenes de privilegio y el de la CCSS, adonde va a parar la mayor parte de la población. En el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, el tope ronda ¢1,6 millones, no importa cuánto haya cotizado el beneficiario ni cuánto esfuerzo, sacrificio o destreza requirieran las actividades desempeñadas a lo largo de su vida laboral. ¿Qué impide a los jubilados de privilegio agenciárselas con la misma suma?
Las intenciones del proyecto de ley son buenas y su aprobación merece apoyo. Es un avance limitado en procura de la verdadera justicia, inalcanzable mientras no se instaure en el país un régimen único de pensiones estatales. La reforma orienta el futuro en esa dirección cuando dispone el traslado al IVM de los nuevos beneficiarios de siete regímenes contributivos atendidos por la Dirección Nacional de Pensiones.
A falta de alguna riqueza minera suficiente para financiar las pensiones de privilegio, en Costa Rica los recursos vienen de los impuestos y, también, de la supresión de gastos
Un retorcido concepto de justicia restringe beneficios ofrecidos a toda la población, incluidos los más pobres, para asegurarle ingresos 26 veces mayores a un puñado de privilegiados