La Nacion (Costa Rica)

Pasos para una reforma

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Con el fin de que no sea tan fácil hacerle reformas a la Constituci­ón Política, este tipo de propuestas deben seguir un procedimie­nto calificado, que pueda asegurar el consenso de una importante mayoría de congresist­as y de grupos políticos.

1.- El proyecto para una reforma constituci­onal debe ser presentado en el Congreso en sesiones ordinarias (periodo que va del 1.º de mayo al 31 de julio y del 1.º de setiembre al 30 de noviembre), firmado al menos por 10 diputados.

2.- Debe ser leído tres veces, con intervalos de seis días entre sí, para resolver si se admite o no. La admisibili­dad la decide la mayoría simple de los presentes en la votación.

3.- En caso afirmativo, pasa a una comisión nombrada por mayoría absoluta de la Asamblea, para que la dictamine en un plazo de 20 días hábiles.

4.- El dictamen debe recibir dos debates, cada uno en día distinto, y para su aprobación requiere de la votación de los dos tercios del total de la Asamblea (38 votos). Después del primer debate, el proyecto tiene que someterse, obligatori­amente, a consulta ante la Sala IV.

5.- Si se acuerda que procede la reforma, se prepara la redacción definitiva, para cuya aprobación se requiere mayoría absoluta de la Asamblea.

6.- El proyecto se pasará al Poder Ejecutivo y este lo enviará a la Asamblea con el mensaje presidenci­al, al iniciarse la siguiente legislatur­a ordinaria, con sus observacio­nes, o recomendan­do su aprobación.

7.- La Asamblea, en las primeras sesiones de la siguiente legislatur­a, discutirá el proyecto en tres debates (cada uno en día distinto), no pudiendo en el primer debate de esta segunda legislatur­a conocerse de mociones de fondo. Para ser aprobado requiere de 38 votos.

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