Aprobada ley para agilizar corta de árboles en derecho de vía de carreteras
››Lentitud ha originado demandas y reclamos contra el MOPT y Conavi por daños a los automóviles y tendido eléctrico
La corta o el desrame de árboles en el derecho de vía dejará de ser un dolor de cabeza para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).
Actualmente, llevar a cabo esa tarea significa una serie de trámites, que no solo impiden ejecutar esa labor con agilidad, sino que incluso exponen al Consejo a demandas por incumplir su función en la limpieza de vías.
Un proyecto de ley, aprobada en segundo debate el jueves pasado, adiciona dos artículos a la Ley General de Caminos Públicos, vigente desde 1972.
Dicha iniciativa establece que los entes públicos encargados de obras de mantenimiento y mejoramiento de la red vial cantonal o nacional existente, tendrán la potestad de remover, sin previa autorización del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), todo obstáculo situado en el derecho de vía, sin que eso implique que estén contraviniendo la normativa ambiental.
El otro artículo que se modificó indica que para realizar pasos de alcantarilla y muros de contención asociados a estos, en cauces de dominio público, los entes también estarán facultados para hacerlo sin pedir la autorización.
Lo mismo ocurre para la reconstrucción, el mantenimiento y el mejoramiento de puentes, en cauces de dominio público.
El nuevo proceso únicamente implica que el responsable de la obra se lo comunique al Minae con la respectiva justificación técnica y las medidas de compensación, mitigación, prevención y recuperación, según corresponda.
Actualmente,
la corta de árboles que obstruyen el derecho de vía a lo largo de las rutas nacionales del país es una obligación del MOPT y el Conavi.
Esta tarea es necesaria no solo por mantenimiento y nuevas obras, sino también por seguridad de los usuarios de las vías.
Sin embargo, para cumplir con esa labor, previamente se deben obtener los permisos del Minae y ese paso toma semanas y hasta meses a la Dirección de Seguridad y Embellecimiento de Carreteras del MOPT y al Conavi.
No hacerlo de manera oportuna ya le ha generado al Consejo Nacional de Vialidad demandas penales y reclamos administrativos.
Esa entidad es la encargada del “descuaje” o corta de ramas que, en ocasiones, pueden obstruir la visibilidad de un semáforo u otra señal, o bien caer sobre el tendido eléctrico.
De acuerdo con la información suministrada por la Gerencia de Conservación de Vías y Puentes, realizar lo que pareciera un procedimiento sencillo, implica una serie de trámites que sumado a la dis ponibilidad de un solo ingenie ro para atender 7.780 kilóme tros de vías, imposibilita una atención más efectiva.
“Lo anterior hace una idea de la carga de trabajo, por lo cual solo se hace una atención de las solicitudes recibidas y hace imposible que se haga una revisión periódica del es tado de los árboles en los dere chos de vías de todas las rutas nacionales”, indicaron en e Conavi.
La atención de esas soli citudes consiste en el recibo de la orden de inspección, in ventario de los árboles en e campo, análisis legal y técnico recopilación de requisitos y presentación ante el Minae de la documentación para pedir el permiso.
Una vez aprobado el per miso, se trasladada al respon sable de la corta o ente que lo solicitó, luego se debe dar seguimiento a ese proceso y coordinar la entrega de la ma dera comercial (si correspon de) con el Minae.
Según el director del Con sejo, Mario Rodríguez, la len titud para atender esa labor incluso los ha llevado a enfren tar demandas penales.
De acuerdo con informa ción del departamento Lega de esa entidad, hay al menos tres demandas por daños a ve hículos o personas por caídas de árboles, así como dos re clamos administrativos inter puestos por la Compañía Na cional de Fuerza y Luz (CNFL por daños al tendido eléctrico.
“Cualquier usuario que sufra un incidente a causa de una caída de un árbol cerca de una vía nacional, puede in terponer una denuncia como cualquier ciudadano”, detalla ese departamento.
“
ES RESPONSABILIDAD DEL CONAVI QUE LOS DERECHOS DE VÍA ESTÉN LIMPIOS, NO DEBE HABER ÁRBOLES POR UN TEMA DE SEGURIDAD, SI UNA PERSONA VIENE A ALTA VELOCIDAD Y SE ESTRELLA CONTRA UN ÁRBOL, LOS JUECES CONDENAN AL CONAVI DICIENDO QUE ES SU RESPONSABILIDAD QUE ESA PERSONA FALLECIERA, PORQUE HABÍA UN ÁRBOL EN EL DERECHO DE VÍA
Y ES RESPONSABILIDAD DEL CONAVI QUE NO HAYA ÁRBOLES”.
Mario Rodríguez Director del Conavi