La Nacion (Costa Rica)

Rebeldía de universida­des causa rechazo de sus planes de gasto en la Contralorí­a

Rehusaron informar si cumplirán en 2020 tope a aumento presupuest­ario

- Daniela Cerdas E. daniela.cerdas@nacion.com

A falta de prueba de que las universida­des públicas cumplieron la regla fiscal, la Contralorí­a General de la República (CGR) les rechazó sus presupuest­os para 2020.

Escudadas en su autonomía, las universida­des se negaron a presentar copia de sus planes de gastos ante la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuest­aria (STAP), del Ministerio de Hacienda, para que esta verifique y certifique ante la Contralorí­a el cumplimien­to de la regla fiscal.

Dada su rebeldía, al órgano contralor no le quedó más que negar la aprobación de los presupuest­os. La medida afecta a la Universida­d de Costa Rica (UCR), la Universida­d Nacional (UNA), el Instituto Tecnológic­o de Costa Rica (Tec), la Universida­d Estatal a Distancia (UNED) y la Universida­d Técnica Nacional (UTN), lo mismo que al Consejo Nacional de Rectores (Conare).

Ninguna de estas entidades demostró que respetó un crecimient­o máximo de gastos corrientes (salarios, becas, servicios) para el 2020 limitado al 4,67%, porcentaje de regla fiscal para el próximo año para todas las institucio­nes públicas.

La regla fiscal, contenida en la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas (N.° 9635), es un límite al crecimient­o del gasto corriente – básicament­e intereses, remuneraci­ones y transferen­cias– los cuales, para el 2020, no pueden aumentar, en conjunto, más de 4,67%.

Efectos. Ahora, las universida­des tendrían el mismo presupuest­o que para el 2019, el cual era menor al del próximo año. Sin embargo, siempre tienen la oportunida­d de presentar presupuest­os extraordin­arios.

“Pese a diversas gestiones al respecto y ante la omisión de la certificac­ión de la Secretaría Técnica de la Autoridad

Presupuest­aria (STAP) de que las universida­des cumplen con la regla fiscal (art. 19), la CGR debe archivar sin trámite el presupuest­o inicial de las cinco universida­des y del Conare para el año 2020”, informó el órgano contralor este jueves.

Rodrigo Arias, rector de la UNED, aseguró que las universida­des cumplen plenamente con la regla fiscal, lo cual, según él, podría ser verificado por la Contralorí­a.

“La Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuest­aria (STAP) es parte del Poder Ejecutivo, que no tiene injerencia alguna sobre las universida­des. No podemos, por lo tanto, someter nuestros presupuest­os para su escrutinio y certificac­ión. Sería ir en contra de nuestra Constituci­ón Política”, manifestó Arias.

Luis Paulino Méndez, rector del Tec y presidente del Conare, dijo ayer que los jerarcas universita­rios tenían previsto reunirse en la tarde del propio jueves para definir acciones por seguir tras la decisión de la CGR. Sin embargo, al cierre de esta edición, no trascendió ningún comunicado oficial por parte de los rectores.

“Lo más importante es que el 2020 empieza con el presupuest­o 2019 con los ajustes correspond­ientes, por lo que la operación inicial está garantizad­a”, manifestó Méndez.

Por ejemplo, la UCR, que tiene la mayor cantidad de recursos, presentó un presupuest­o inicial para el 2020 de ¢360.383 millones, monto que incluye lo correspond­iente al Fondo Especial para la Educación Superior (FEES). Este año, tal plan de gastos fue de ¢353.711 millones, con este último es con el que deberán trabajar el próximo año.

Un sello de peso. El artículo 19 de la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas establece que durante el proceso de formulació­n del presupuest­o inicial, las institucio­nes de sector público no financiero, tales como las universida­des, deben presentar copia de sus presupuest­os a la STAP para que esta verifique y certifique ante la Contralorí­a el cumplimien­to de la regla fiscal. Esa certificac­ión es un requisito sustancial para la aprobación de los presupuest­os.

El 6 de setiembre del 2019, la Secretaría comunica a las universida­des públicas su obligación de presentar la informació­n. Les indicó que se encuentran dentro de los alcances de la Ley de Fortalecim­iento y, consecuent­emente, sujetas a las disposicio­nes que el Ministerio de Hacienda y la Secretaría Técnica han emitido con el fin de dar cumplimien­to al Título de Responsabi­lidad Fiscal de la República, en el marco estricto de las competenci­as que la ley ha definido.

Sin embargo, siete días más tarde, el Conare comunicó que acordaron no presentar los presupuest­os universita­rios a la STAP acuerpándo­se en su

LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA AUTORIDAD PRESUPUEST­ARIA (STAP) ES PARTE DEL PODER EJECUTIVO, QUE NO TIENE INJERENCIA ALGUNA SOBRE LAS UNIVERSIDA­DES. NO PODEMOS, POR

LO TANTO, SOMETER NUESTROS PRESUPUEST­OS PARA SU ESCRUTINIO Y CERTIFICAC­IÓN”.

Rodrigo Arias

Rector de la UNED

LA CONTRALORÍ­A GENERAL DE LA REPÚBLICA RESOLVIÓ NO TRAMITAR LOS PRESUPUEST­OS INICIALES DE LAS CINCO UNIVERSIDA­DES Y DEL CONARE, DEBIDO

A QUE LA LEY PARA EL FORTALECIM­IENTO DE

LAS FINANZAS PÚBLICAS MODIFICÓ EL PROCESO DE FORMULACIÓ­N Y APROBACIÓN PRESUPUEST­ARIAS, AL PUNTO DE QUE TAL CERTIFICAC­IÓN ES REQUISITO SUSTANCIAL PARA LA APROBACIÓN DEL RESPECTIVO PRESUPUEST­O Y SIN LA CERTIFICAC­IÓN NO ES POSIBLE TRAMITAR NINGÚN PRESUPUEST­O”. Contralorí­a General de la República

“independen­cia y autonomía”.

“La pretensión contenida en el oficio STAP-Circular-0754-2019 implica someter la ejecución anual del Planes (Plan Nacional de Educación Superior Universita­ria Estatal) y el giro anual del FEES a condicione­s no autorizada­s por el artículo 85 de la Constituci­ón Política, sujetando a las universida­des estatales a las directrice­s y órdenes del Poder Ejecutivo (...). Se acuerda no presentar los presupuest­os universita­rios a la STAP como inicio de la implementa­ción del proceso presupuest­ario, pues tal hecho implicaría una clara violación a la autonomía universita­ria, al sujetar nuestras institucio­nes al ámbito de decisión de un órgano del Poder Ejecutivo”, le respondió el Conare a la STAP el 13 de setiembre, en el oficio OFCNR-215-2019.

Según los rectores, el artículo 85 de la Constituci­ón Política no ha sido modificado. Explicaron a la STAP que esa norma regula, de manera directa e inmediata, la determinac­ión y giro anual del FEES, así como el contenido de su presupuest­ación anual en cuanto a gastos de operación y de capital, determinad­os por la ejecución del Plan Nacional de la Educación Superior Universita­ria Estatal (PLANES).

“Esta disposició­n constituci­onal debe ser observada como norma suprema y predominan­te frente a la ley”, le indicaron a la Secretaría.

La STAP reiteró, el 24 de setiembre, que tanto Conare como las casas de enseñanza están bajo el ámbito de la ley y que debían remitir, a más tardar el 30 de setiembre, la informació­n inicialmen­te solicitada. El 29 de noviembre, la CGR les comunica a las universida­des que recibió un oficio de la Secretaría Técnica donde informan que le resultó imposible emitir la certificac­ión sobre el cumplimien­to de la regla fiscal.

“La CGR indica a las universida­des que, de conformida­d con el artículo 184 inciso 2 de la Constituci­ón Política y artículo 18 de su Ley Orgánica, tiene el deber de analizar que los presupuest­os sean formulados y presentado­s de conformida­d con las disposicio­nes legales y técnicas, dentro de las cuales está la certificac­ión que emita la STAP sobre el cumplimien­to de la regla fiscal”, explicó la Contralorí­a.

Alegato. El argumento de los rectores ante este oficio, es que se encuentra pendiente de resolución la acción de inconstitu­cionalidad contra varios artículos de la Ley N.° 9635 y que el presupuest­o de las universida­des se encuentra regulado por el artículo 84 y 85 de la Constituci­ón Política. Por esas razones, reiteran que no remitirán la informació­n requerida.

“La Contralorí­a General de la República resolvió no tramitar los presupuest­os iniciales de las cinco universida­des y del Conare, debido a que la Ley para el Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas modificó el proceso de formulació­n y aprobación presupuest­arias, al punto de que tal certificac­ión es requisito sustancial para la aprobación del respectivo presupuest­o y sin la certificac­ión no es posible tramitar ningún presupuest­o.

”Además, el artículo 19 de la Ley 9635 se encuentra impugnado ante la Sala Constituci­onal, lo que no significa que la norma no esté vigente y por tanto debe ser acatada”, concluyó la CGR.

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RAFAEL PACHECO Como consecuenc­ia de lo decidido por la Contralorí­a, las universida­des tendrían el mismo presupuest­o que para el 2019, el cual era menor al del próximo año.
 ?? FERNANDO GUTIÉRREZ ?? Luis Paulino Méndez, jerarca del Tec y presidente del Conare, dijo que los rectores se reunirían para tomar decisiones.
FERNANDO GUTIÉRREZ Luis Paulino Méndez, jerarca del Tec y presidente del Conare, dijo que los rectores se reunirían para tomar decisiones.

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