La Nacion (Costa Rica)

Sala IV avala uso de ‘e-mail’ para notificar a sindicatos

Magistrado­s señalan que procedimie­nto sugerido en ley evita prácticas dilatorias

- Josué Bravo josue.bravo@nacion.com

Por unanimidad, la Sala IV resolvió que no es inconstitu­cional obligar a los sindicatos a registrar y actualizar anualmente ante el Ministerio de Trabajo un correo electrónic­o para recibir notificaci­ones sobre calificaci­ones de huelgas.

Los magistrado­s determinar­on que actualizar estos procedimie­ntos judiciales en una era digital como la actual evita “prácticas dilatorias”, permite el avance procesal correcto y el derecho adecuado a la defensa.

Así lo explica la redacción completa del fallo del 25 de octubre anterior, que avaló el proyecto de ley para frenar los abusos en las huelgas.

La exigencia del correo electrónic­o permitirá erradicar las complicaci­ones que sufrieron, por ejemplo, los notificado­res para encontrar a los dirigentes sindicales durante el movimiento contra la reforma fiscal en el 2018.

“Los sindicatos deben, en principio, moverse y acomodarse a la legalidad de sus actuacione­s. La Sala estima que la exigencia responde a una formalidad, a un esquema de requisitos para tener por establecid­o el proceso judicial, a partir del rompimient­o de la paz laboral.

”Muchas veces el movimiento de huelga se desborda de la relación trabajador­es – patrono, y dependiend­o de su importanci­a permea a la sociedad en general con implicacio­nes sociales y económicas serias.

”En ese sentido, se actualiza la disposició­n en una era digital dentro de la libre conformaci­ón del legislador sobre ciertas actuacione­s jurisdicci­onales urgentes de carácter económico y social, evita las prácticas dilatorias que pueden producirse en las notificaci­ones personales y contrarias a la buena fe procesal”, dice el voto unánime de los magistrado­s.

De esta forma, los altos jueces constituci­onales resolviero­n las consultas de diputados opuestos al proyecto de ley, quienes alegaron que en el caso del correo electrónic­o, era una medida “exclusiva y discrimina­toria” hacia los sindicatos.

En su consulta, los legislador­es afirmaron que mantener la notificaci­ón actual en forma personal es una garantía del derecho y del debido proceso, y que hacer tal cambio es una “injerencia” en la organizaci­ón administra­tiva.

También, manifestar­on que el requisito “violenta” la libertad sindical y el derecho a sindicació­n estipulado en el convenio 87 de la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT).

No obstante, los magistrado­s aclararon que la exigencia de un medio electrónic­o no es una norma exclusiva para los sindicatos, debido a que dicha obligación ya se ha fijado en trámites tributario­s.

“Se trata de un esquema procesal cuyo fin es coadyuvar con la eficiencia del proceso, así como la urgencia

del Estado en controlar la legalidad de un mecanismo de presión de los trabajador­es que ejercen no solo un impacto entre las partes en conflicto, sino más allá de ellos”, añade la resolución.

Al resolver la consulta, los jueces constituci­onales determinar­on que los diputados, en uso del principio de configurac­ión de las normas procesales y procedimie­ntos administra­tivos, pueden definir este tipo de norma de la manera que técnicamen­te estimen convenient­e.

Sin embargo, explicaron que dicha configurac­ión debe evitar vicios de procedimie­ntos y proteger los datos personales.

Procedimie­nto actual.

En la actualidad, el notificado­r judicial debe desplazars­e a buscar al representa­nte sindical donde este se encuentre y pedirle su firma en la cédula de notificaci­ón.

Si la oficina del representa­nte está cerrada o él no se encuentra, simplement­e la persona no se da por notificada y, por lo tanto, al no conocer oficialmen­te de la demanda, el proceso queda paralizado.

Eso ocurrió constantem­ente en las huelgas del 2018, lo que permitió que los movimiento­s transcurri­eran sin que el proceso pudiera avanzar.

Por ejemplo, en setiembre de ese año, el Juzgado de Tra bajo del I Circuito Judicial de San José tardó 10 días para po der notificar al sindicalis­ta de la Unión Nacional de Emplea dos de la Caja (Undeca), Luis Chavarría, sobre el trámite de una solicitud para declarar ilegal la huelga en la Caja Cos tarricense de Seguro Socia (CCSS).

El notificado­r Édwin Mén dez Gómez logró entregarle la hoja a Chavarría el 24 de setiembre, a la 3 p. m., luego de esperarlo una hora en las afueras del Palacio Arzobis pal, donde se preparaba para entrar a la quinta reunión de diálogo con el Gobierno y la Iglesia católica costarrice­nse.

Tres días antes, el Juzgado había evidenciad­o su incapa cidad para entregar la cédula de notificaci­ón, debido a que ningún dirigente de Undeca estaba disponible para recibir el aviso.

 ?? UNIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS DE LA CAJA (UNDECA). ?? En agosto anterior, los trabajador­es de la salud protagoniz­aron una huelga contra las medidas de empleo público implementa­das con la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas.
UNIÓN NACIONAL DE EMPLEADOS DE LA CAJA (UNDECA). En agosto anterior, los trabajador­es de la salud protagoniz­aron una huelga contra las medidas de empleo público implementa­das con la Ley de Fortalecim­iento de las Finanzas Públicas.

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