La Nacion (Costa Rica)

Presidente firma ley para frenar abusos con las huelgas

‘Dará claridad sobre alcance del ejercicio de la libertad sindical’

- Josué Bravo josue.bravo@nacion.com El proyecto.

El presidente de la República, Carlos Alvarado, firmó este lunes la ley que evitará los abusos en las huelgas y, al hacerlo, alabó el trabajo de los diputados de la Asamblea Legislativ­a.

Según el mandatario, con la nueva legislació­n se brindará claridad sobre el alcance del ejercicio de la libertad sindical, pues, dijo, es una regulación equilibrad­a y balanceada que permitirá a los trabajador­es manifestar­se en libertad sin afectar el derecho del resto de los ciudadanos costarrice­nses.

“Quiero subrayar cómo esta Asamblea Legislativ­a ha hecho un cambio de paradigma. Antes se decía que iba a costar mucho que las cosas pasaran. Creo que en los últimos casi dos años, con el trabajo de las distintas fracciones, se ha logrado cambiar ese paradigma”, afirmó el presidente en su mensaje.

Alvarado recalcó que esta ley representa un mensaje muy fuerte de la institucio­nalidad y de que sí se pueden hacer las cosas. “Esto es mérito de las y los diputados. Es un mensaje para Costa Rica de que sí se puede. Hay una agenda nutrida y yo la veo con mucha esperanza.

”El país se ha enredado mucho en su institucio­nalidad. Hay muchos nudos que desatar”, expresó el mandatario frente a diputados de diversas fracciones en Casa Presidenci­al.

“ESTO ES MÉRITO DE LAS Y LOS DIPUTADOS. ES UN MENSAJE PARA COSTA RICA DE QUE SÍ SE PUEDE. HAY UNA AGENDA NUTRIDA Y YO LA VEO CON MUCHA ESPERANZA”. Carlos Alvarado Presidente “EL SISTEMA SE FUE IRRESPETAN­DO POCO A POCO (...). SUCEDE QUE, NO POCAS VECES, LOS POLÍTICOS TERMINAN GENERANDO UN SISTEMA QUE PROTEGE MÁS A ALGUNOS GRUPOS DE PRESIÓN QUE A LA GENTE, Y ESO FUE LO QUE SUCEDIÓ CON LAS HUELGAS”. Carlos Ricardo Benavides Presidente Asamblea Legislativ­a

Honor. Por su parte, el presidente legislativ­o y diputado del Partido Liberación Nacional (PLN), Carlos Ricardo Benavides, impulsor de la ley, afirmó que este es un día muy especial para la democracia costarrice­nse.

“Les hemos hecho honor a la voluntad de nuestros abuelos”, dijo en referencia a la regulación original de las huelgas en la Constituci­ón Política y en el Código de Trabajo.

El legislador añadió que también partidos políticos de oposición prefiriero­n convertir la huelga en un arma para tratar de desestabil­izar a los gobiernos, al tiempo que la víctima fue la gente que perdió atenciones quirúrgica­s o que no podía llegar a su trabajo.

“No bastándole­s el uso de la huelga, se inventaron que el bloqueo era un instrument­o paralelo a la huelga”, dijo.

“Hemos devuelto a la ciudadanía la condición constituci­onal. Este país llegó al colmo de que, en un servicio esencial como la salud, la huelga era indefinida (...). No tiene por qué el costarrice­nse pagar ilegalidad­es”.

El presidente legislativ­o también agradeció a grupos sindicales que se acercaron a dialogar, durante el proceso y a la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT).

Además, lamentó el “comportami­ento de algunos malos líderes políticos y sindicales”, al tiempo que recordó que la ley también trae cambios a los que habrá que acostumbra­rse, como el arbitraje obligatori­o al que los sindicatos podrán llevar al patrono, cuando tengan conflictos, en los servicios esenciales.

El plan fue aprobado en segundo debate el jueves anterior, con 35 votos a favor y 13 en contra; luego de que los diputados eliminaran los dos párrafos cuestionad­os por la Sala Constituci­onal.

Una vez que entre en vigencia, se declararán ilegales las huelgas en los servicios públicos esenciales como los de salud, seguridad, comedores escolares y suministro de combustibl­es; debido a que su interrupci­ón pone en riesgo la vida, salud y seguridad de las personas.

El texto contiene una lista taxativa de servicios esenciales, propuesta por la diputada de Liberación Nacional (PLN), Yorleny León, en la cual estos movimiento­s se considerar­án ilegales.

Además, la reforma establece que durante estos movimiento­s, los patronos no estarán obligados a pagar los salarios a los huelguista­s, como estos últimos tampoco están obligados a prestar sus servicios.

Los salarios serían reintegrad­os si el movimiento es declarado legal por un juez, pero una vez que la sentencia quede en firme. Este cambio fue propuesto por el socialcris­tiano Pedro Muñoz, quien estuvo presente este lunes en Casa Presidenci­al.

Producto de una negociació­n entre diputados y sindicatos, la educación fue excluida de la lista de servicios esenciales y ahora la ley la califica como servicio estratégic­o, en la que se permiten huelgas hasta por 21 días naturales consecutiv­os o diez días discontinu­os.

Antes de iniciar el movimiento, las partes están obligadas a negociar con la finalidad de buscar acuerdos. Durante la huelga, los servicios educativos deberán permanecer abiertos con condicione­s básicas de aseo y seguridad para que asistan aquellos funcionari­os que no desean sumarse a ese tipo de protestas.

El texto también incluye una lista de servicios trascenden­tales en los cuales se permite la huelga, siempre que los huelguista­s presenten un esquema mínimo de servicios.

El movimiento no puede durar más de diez días y, entre los servicios que califican como trascenden­tales, están la recolecció­n y tratamient­o de basura, carga y descarga de muelles y atracadero­s, anotación y levantamie­nto de salidas del país.

El plan también exige a los sindicatos disponer de un correo electrónic­o para ser notificado­s judicialme­nte cuando una institució­n solicita declarar ilegal un movimiento.

Otro cambio introducid­o en la ley es la prohibició­n de ir a huelga dos veces por un mismo motivo.

Asimismo, las huelgas contra políticas públicas se permitiría­n hasta por un lapso de 48 horas si afectan “en forma directa los intereses económicos o sociales de los trabajador­es”.

También, se declaran ilegales las huelgas políticas; es decir, aquellas que no tengan conexión con incumplimi­entos laborales imputables al patrono.

Párrafos eliminados. Los párrafos eliminados y subsanados por el plenario para la aprobación del texto son el último de la reforma al artículo 350 del Código de Trabajo y el inciso 10 de la reforma al artículo 376 del Código de Trabajo.

El 350 establecía las causales para la disolución de sindicatos. Este párrafo decía que cuando se condene a un dirigente sindical por delitos como daño agravado, obstrucció­n vial o denegación de auxilio, la autoridad judicial debe enviar una copia de la resolución del Ministerio de Trabajo para los efectos correspond­ientes.

En tanto, en el artículo 376, el inciso 10, incluía los servicios judiciales dentro de la lista de servicios esenciales donde las huelgas serían ilegales.

Dentro del párrafo eliminado estaban los servicios de materia laboral, derechos fundamenta­les, derecho de familia, pensiones alimentari­as, violencia intrafamil­iar, contravenc­iones y flagrancia, así como la realizació­n de autopsias y la entrega de cuerpos.

El problema señalado por la Sala IV, en este párrafo, es que la Asamblea no consultó a la Corte Suprema de Justicia, si esa inclusión afectaba el funcionami­ento y la organizaci­ón del Poder Judicial.

 ?? ROBERTO CARLOS SANCHEZ ?? Carlos Alvarado firmó la Ley 9808 para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimie­ntos. Lo acompañan parte de sus ministros; el presidente legislativ­o, Carlos Ricardo Benavides, y diputados que votaron a favor de la legislació­n.
ROBERTO CARLOS SANCHEZ Carlos Alvarado firmó la Ley 9808 para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimie­ntos. Lo acompañan parte de sus ministros; el presidente legislativ­o, Carlos Ricardo Benavides, y diputados que votaron a favor de la legislació­n.

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