Corte Plena declara valida gestión de Johnny Araya en proceso penal
Los magistrados de la Corte Plena consideraron “válido y legítimo” que un usuario del sistema judicial que se sienta perjudicado por algún motivo recurra a la instancia correspondiente para aclarar su condición jurídica dentro de un expediente judicial.
Así se desprende del oficio número 1625–2018 de la Corte Suprema de Justicia, de diciembre del 2018, en el que los altos jueces analizaron la actuación del exsubjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa Sánchez, en un caso que involucraba al actual alcalde de San José, Johnny Araya.
Según los magistrados, Araya actuó apegado a derecho al solicitar a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción, por medio de una carta, que se certificara que él no figuraba como imputado dentro del expediente 12-000096-621-PE, en el que se investigaba una presunta influencia a la Hacienda Pública.
En un oficio de la Corte, del cual La Nación tiene copia, se precisa que Gamboa y la exfiscala adjunta, Berenice Smith Bonilla, se reunieron con la fiscala Natalia Rojas Méndez y le ordenaron “que redactara y firmara –ese mismo día, porque le urgía– un oficio donde se dejara constancia que el señor Araya Monge no figuraba como imputado dentro de la causa penal 12-000096621-PE, sino como denunciado, porque no había sido indagado”.
La orden de Gamboa y Smith fue acatada por Rojas el 6 de enero del 2016, cuando le confirmó a Araya, mediante el oficio FAPTA-08-2016, que él figuraba como denunciado y no como imputado.
Según los altos jueces, la petición hecha por los funcionarios del Ministerio Público resultó “irregular”, debido a que el también exmagistrado pudo girar una orden para que se procediera con la desestimación del caso, tal y como se hizo el 15 de marzo del 2016.
También se determinó que no existían “elementos de prueba suficientes que acrediten la participación del investigado (Araya)” en una supuesta contratación administrativa irregular.