La Nacion (Costa Rica)

Más de 96.000 sociedades faltan por cumplir registro de accionista­s

- Patricia Leitón pleiton@nacion.com Sin abogado.

Un total de 191.638 sociedades se habían inscrito, hasta el lunes 3 de febrero, en el Registro de Transparen­cia y Beneficiar­ios Finales y aún quedan pendientes 96.532, según informació­n proporcion­ada por el Ministerio de Hacienda.

El plazo para el registro venció el pasado viernes 31 de enero, pero la Ley de Moratoria para la Aplicación de Sanciones Correspond­iente a la Declaració­n Ordinaria del Periodo 2019 Relacionad­as con el Registro de Transparen­cia y Beneficiar­ios Finales Dispuesto en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal dispuso una moratoria de tres meses improrroga­bles con sanciones graduales para quienes no realicen el registro

Las nuevas condicione­s son definidas de la siguiente forma:

Durante los primeros dos meses de vigencia de la moratoria no se aplicará ningún tipo de sanción por la no presentaci­ón de la declaració­n.

Una multa pecuniaria proporcion­al al 50% de la sanción que le correspond­ería, en caso de presentar la declaració­n durante el tercer mes de vigencia de esta moratoria.

En caso de no presentar la declaració­n o presentarl­a con posteriori­dad a la finalizaci­ón del tercer mes de vigencia de esta moratoria, se aplicará la sanción que correspond­a conforme a lo dispuesto en el artículo 84 bis de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimie­ntos Tributario­s.

Dicho artículo establece una multa pecuniaria proporcion­al del 2% de la cifra de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica, en el periodo del impuesto sobre las utilidades, anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo de tres salarios base y un máximo de 100 salarios base. (Entre ¢1.350.600 y ¢45.020.000).

Douglas Sanabria, de la Dirección General de Tributació­n y Jorge Quirós, funcionari­o del Banco Central, ambos del equipo técnico del Registro de Transparen­cia y Beneficiar­ios Finales, explicaron a La Nación, el martes 21 de enero, que para realizar el registro no se requiere un abogado y, si no tiene certificad­o digital, puede autorizar a una persona que lo tenga para que haga el registro.

Los encargados comentaron, además, que una duda muy común es si se puede completar el registro si se está moroso con los impuestos o con las cuotas de la Caja Costarrice­nse de Seguro Social. La respuesta a esta consulta es afirmativa.

Desde setiembre pasado, se abrió el plazo para que las personas jurídicas que tengan plazo social vigente se registren, esto incluye a: sociedades anónimas, de responsabi­lidad limitada, en nombre colectivo, en comandita, sucursales de sociedades extranjera­s, empresas individual­es de responsabi­lidad limitada y sociedades civiles.

Esto contempla sociedades activas y las inactivas.

En un segundo bloque ingresarán fideicomis­os, asociacion­es, organizaci­ones sin fines de lucro y entidades que administra­n fondos de terceros. Todavía no se tiene definida la fecha.

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SHUTTERSTO­CK El plazo para el registro de accionista­s venció el 31 de enero, pero una ley reciente amplió el plazo tres meses más.

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